QUE DISPONE LA EXPEDICION GRATUITA DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO Y DE LA CEDULA DE IDENTIDAD CIVIL
VigenteLEY1998PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/008B
Disposición de la expedición gratuita del certificado de nacimiento y de la cédula de identidad civil para las personas de nacionalidad paraguaya ¿ Derogación del art. 14, inc. a) de Ley 82/91.
El Congreso de la Nación Paraguaya sanciona con fuerza de Ley:
Art. 1
ARTICULO 1º - Disponer, para las personas de nacionalidad paraguaya la gratuidad de los siguientes documentos:
a) la inscripción en el Registro del Estado Civil;
b) la expedición del Certificado de Nacimiento; y,
c) la expedición de la Cédula de Identidad Civil a quienes la soliciten por primera vez.
Art. 2
ARTICULO 2º - En las dependencias encargadas de la expedición de estos Documentos, se fijarán carteles que indiquen lo establecido en el artículo anterior.
Art. 3
ARTICULO 3º - El Poder Ejecutivo proveerá los fondos necesarios provenientes del Presupuesto General de la Nación.
Art. 4
ARTICULO 4º - Deróganse la multa establecida en la Ley Nº 1266/87 "Del Registro del Estado Civil", en su artículo 14, inc. a), modificado por la Ley Nº 82/91 y todas las disposiciones contrarias a esta ley.
Art. 5
ARTICULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.