ORDENANZA 70/2002 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2002/12/27 • PY/LEGI/04VS
Sin vigenciaORDENANZA2002JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/04VS
Transporte -- Regulación del servicio de transporte de personas en automóviles de alquiler -- Modificación del art. 67 de la Ord. 26/9
"QUE MODIFICA EL INCISO "E" DEL ART. 67 DE LA ORDENANZA N° 26/92 QUE REGLAMENTA EL TRANSPORTE DE PERSONAS EN VEHICULOS DE ALQUILER" VISTO: El dictamen de las Comisiones de Seguridad y Tránsito y de Legislación, con relación a la Nota presentada por la Asociación de Remises Area Capital, en la que solicita que el plazo dispuesto por la normativa del servicio respectivo (Ord. N° 26/92) se extienda a diez años, con un plazo de un año, a efectos de adecuarse a la modificación peticionada, y; CONSIDERANDO: Que, la solicitud expresa que "...a nadie escapa que la situación actual, de nuestro país, nos hace imposible renovar nuestras unidades a cada cuatro años, y esta es una realidad tangible, perceptible para todos...". Que, en otra parte de su explicación, la citada agremiación comenta: "...que la intención, no es dañarle a nadie, es que la situación económica nos agobia, y nosotros somos personas que al igual que los taxistas convencionales tenemos familias que mantener. No nos mueve una competencia con aquellos, sino el hecho de que el costo de los vehículos es cada vez más elevado y el ingreso pareciera palidecer con el paso del tiempo, impidiéndonos cumplir a cabalidad con lo dispuesto por las Ordenanzas pertinentes. Sino se modifica la Ordenanza en el sentido dispuesto, perderemos nuestro trabajo y el sustento de nuestra familia...". Que, se ha visto en todas las argumentaciones, que el derecho que ejercitan los remiseros tiene sustento en la particular situación económica que aqueja al país y del cual son blanco la mayoría de los ciudadanos de la República. Que, en reunión mantenida con los representantes del gremio que nuclea a los taxistas denominados convencionales, estos han avalado lo sostenido por sus colegas, en cuanto a la crítica situación económica y sus repercusiones directas en la tarea que desarrollan todos los días. Que, está visto que estas y otras circunstancias ameritan el estudio profundo del marco normativo que regula el funcionamiento de los vehículos de alquiler, denominados taxis y remises, especialmente en lo que se refiere a las exigencias en el área de sus condiciones técnicas. Que, ínterin se verifica el estudio mencionado, y habida cuenta que los permisos para efectuar los servicios citados, casi la mayoría se encuentran vencidos, al respecto es de parecer que la Comisión Asesora acceder a lo solicitado por la Asociación de Remises del Area Capital. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1° - Modificar el inciso "e" del Art. 67, de la Ord. N° 26/92 "Que reglamenta el transporte de personas en vehículos de alquiler", quedando redactado de la siguiente manera:
a) La antigüedad del vehículo que será habilitado por primera vez para el servicio, no deberá superar los 4 (cuatro) años anteriores a la fecha de habilitación.
b) Podrán ser renovadas las habilitaciones de aquellos vehículos que a la fecha detenten el permiso respectivo, durante el plazo de diez años de antigüedad del mismo, debiendo para el efecto, el Ejecutivo Municipal realizar la inspección técnica correspondiente para cada caso en particular.
c) Los vehículos cuyo listado completo se adjunta, se ceñirán a lo dispuesto en el inciso "b", de esta Ordenanza. Para tal efecto, se les concede una prórroga de un año, a partir de la promulgación de la presente normativa.
Art. 2
Art. 2° - Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil dos.
Abog. JOSE MARIA OVIEDO V., Secretario General - Abog. EUGENIO SALINAS ROMERO, Presidente
Asunción
TENGASE POR ORDENANZA, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL Y CUMPLIDO, ARCHIVAR.
VICTOR VALDOVINOS CANGAS, Secretario General - ENRIQUE RIERA ESCUDERO, Intendente Municipal