ORDENANZA 23/2007 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • • PY/LEGI/0BK4
Sin vigenciaORDENANZA2007JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/0BK4
Automotor de alquiler -- Establecimiento la antigüedad del vehículo que será habilitado por primera vez para el servicio de Taxi Radio
VISTO: El dictamen de la Comisión de Seguridad y Tránsito, con relación a la minuta presentada por el Concejal Abogado Silvino Riveros Báez, en fecha 22 de febrero del presente año, en la que peticionaba que la Comisión considere una nota elevada por los representantes del Asociación de Remises Area Asunción, y; CONSIDERANDO: Que, en atención al requerimiento del Edil Riveros, el Cuerpo Asesor Legislativo, ha recibido en el seno de la Comisión a los representantes de la mencionada nucleación. Que, éstos manifestaron la necesidad de actualizar la Ordenanza que los rige (Ord. N° 70/02, que modificó a la 26/92), en virtud a que la acuciante situación económica que soporta el país, no les permite adecuarse a los años que se requieren en cuanto a la antigüedad de sus vehículos, para la habilitación pertinente. Que, actualmente para tal hecho, se encuentra establecido que los automóviles deberán contar con una antigüedad de hasta cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de fabricación para la autorización requerida, situación que genera una inversión económica cuyos valores se configuran muy distantes de las posibilidades monetarias de quienes hoy están realizando el servicio. Que, aducen además que todos los componentes de esa agremiación trabajan cumpliendo cabalmente las normativas vigentes, y que anhelan seguir laborando legalmente, lo que hace necesario estudiar la solicitud realizada por los mismos. Que, debe considerarse también, la existencia de vehículos que aún a los diez años o más de antigüedad a partir de la fecha de fabricación, conservan en gran medida las condiciones de confort y lujos exigidos por la ordenanza para el servicio de remises. Que, finalizaron su exposición, denunciando que existen vehículos que realizan ésta tarea sin habilitación, debido a que los hoteles no solicitan la documentación expedida por la Municipalidad para el servicio. Que, la Comisión ha analizado lo expuesto por los peticionantes, y entiende que lo manifestado por ellos, es un hecho que se ajusta a la realidad del país y que ésta Institución comunal debe conjugar ambas situaciones para que el servicio se realice dentro de los parámetros determinados por la normativa. Que, además entiende que el servicio en cuestión es diferenciado al de los taxis convencionales, en razón de que no utiliza la vía pública para alzar pasajeros, trabajan en exclusividad con centros comerciales (shoppings) y hoteles, y establecen sus paradas en predios privados. Por tanto. LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1°.- Derogar la Ordenanza N° 70/02, que modifica el Art. 67 inciso "e" de la Ordenanza N° 26/92 "Que reglamenta el transporte de personas en vehículos de alquiler", y establecer lo siguiente:
"...a. La antigüedad del vehículo que será habilitado por primera vez para el servicio de remis, no deberá superar los diez (10) años posteriores a la fecha de fabricación.
b. La antigüedad tope para que el vehículo realice el servicio, una vez habilitado por primera vez, no deberá superar los quince (15) años contados a partir de la fecha de su fabricación, y la renovación del permiso deberá estar sujeto a lo dispuesto para ese fin por la Ordenanza que establece la inspección técnica vehicular (Ord. N° 28/97).
c. Los hoteles y centros comerciales (shoppings) u otros establecimientos en el que se utilicen este tipo de transporte, deberán exigir a los vehículos la habilitación expedida por la Municipalidad de Asunción, para contratar un servicio de remis…"
Art. 2
Art 2° Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los once días del mes de abril del año dos mil siete.
Abog. JOSE MARIA OVIEDO V.
Secretario General
Lic. NICOLAS CHASE RODRIGUEZ
Presidente