RESOLUCION 50/2004 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2004/04/06 • PY/LEGI/07ZE
VigenteRESOLUCION2004DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/07ZE
Aduana - División Sumarios Administrativos - Categorización a Departamento - Objetivos - Estructura - Funciones - Atribuciones.
Visto: Los Artículos 284 y 285 Inc. a) y concordantes de la Ley N° 1173/85 "Código Aduanero", y Considerando: Que por las mencionadas disposiciones legales, se faculta a la Dirección General de Aduanas a dictar las normas pertinentes de orden administrativo para el funcionamiento del servicio aduanero, así como adoptar medidas indispensables a los efectos de unificar, transparentar y agilizar las tramitaciones de carácter administrativo efectuado para el cumplimiento de los objetivos previstos. Que se establece además como de competencia aduanera, la persecución y juzgamiento de las faltas aduaneras como consecuencia del incumplimiento de las formalidades y requisitos que regulan la entrada y salida de mercaderías del territorio aduanero, conforme a las previsiones contenidas en la Ley N° 1173/85 "Código Aduanero" y su Decreto Reglamentario N° 15.813/86; en el Decreto - Ley N° 71/53 "Por el cual se definen y sancionan los delitos de contrabando", y demás disposiciones especiales establecidas para la entrada y salida de determinados artículos sean de carácter aduanero o no. Que asimismo se evidencia la necesidad de adoptar las medidas apropiadas a fin de adecuar los procedimientos sumariales con las previsiones del nuevo Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que dicha legislación es de aplicación supletoria, junto con sus disposiciones modificatorias, según establece la disposición aduanera. Que por lo expresado precedentemente, resulta indispensable reestructurar la Oficina de Sumarios Administrativos, elevándola a la categoría de Departamento, determinado su estructura y ámbito de competencia, a los efectos de optimizar la agilización procesal del expediente sumarial. Por tanto: En mérito a las consideraciones expuestas, las disposiciones legales invocadas y en uso de sus atribuciones; La Directora General de Aduanas Resuelve:
Art. 1
Art. 1°.- Elevar a la Categoría de Departamento la División Sumarios Administrativos dependiente de la Administración de Aduana de la Capital, para el mejor cumplimiento de los objetivos que le asignan las Leyes y los Reglamentos.
Art. 2
Art. 2°.- Determinar: los objetivos, funciones y atribuciones del Departamento de Sumarios Administrativos y su estructura conforme a lo establecido en la presente Resolución.
Art. 3
Art. 3°.- Objetivos: el Departamento de Sumaros Administrativos tiene como objetivo entender en todos los sumarios administrativos que le fueran asignados conforme a las previsiones de la legislación aduanera lo cual implicará la investigaron de los hechos denunciados y reunir los elementos de juicio que puedan influir en la calificación de la falta o infracción individualizando a los infractores o responsables para la aplicación de las medidas que correspondan.
Art. 4
Art. 4°.- Funciones y atribuciones: Constituyen funciones y atribuciones del Departamento de Sumarios Administrativos, los siguientes;
a) Ejercer la superintendencia sobre todos los sumarios administrativos que le fueran asignados por la Administración de Aduana de la Capital y otras Administraciones de Aduana de la República.
b) Cumplir y hacer cumplir todos los procedimientos sumariales conforme a la Ley.
c) Ejercer el control de los libros de entrada y salida de expedientes sumariales.
d) Evacuar los informes pertinentes que provengan de otras instituciones gubernamentales y no gubernamentales, conforme a los procedimientos de rigor.
Citado por
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Art. 5
Art. 5°.-El Departamento de Sumarios Administrativos, estará conformado de la siguiente forma:
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Art. 6
Art. 6°.-Notificar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Directora General de Aduanas: Margarita Díaz de Vivar