POR LA CUAL SE APRUEBAN PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES ESTÁNDAR EN FORMATO ELECTRÓNICO, A SER UTILIZADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO, SOCIEDADES ANÓNIMAS CON PARTICIPACIÓN MAYORITARIA DEL ESTADO Y MUNICIPALIDADES EN EL MARCO DE LA LEY N° 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
VigenteRESOLUCION2026DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/JZU74X
Contrataciones del Estado -- Pliegos de bases y condiciones estándar en formato electrónico -- Dejar sin efecto los documentos estándar aprobados en el art. 1 num. 2) de la R. DNCP N° 2156/25, en el art. 1 num. I) de la R. DNCP N° 1116/25 y en el art. 1 num. 3) de la R. DNCP N° 5118/23.
Visto: Los artículos N° 45, 110 y 112 de la Ley N° 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas” y; Considerando: Que, de conformidad con el Artículo 110 de la Ley N° 7021/2022, «De Suministro y Contrataciones Públicas», la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas es el ente normativo, técnico, de control, gestión y verificación del sistema de contrataciones públicas. Que, el artículo 112 de la Ley N° 7021/2022 establece entre las funciones y atribuciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas la emisión de reglamentos técnicos, la elaboración y difusión de manuales, guías y documentos estándar de uso obligatorio, así como la implementación de políticas y lineamientos para el uso de medios electrónicos en el ámbito de las contrataciones públicas. Que, el Artículo 45 de la misma ley establece: «Los convocantes elaborarán los pliegos de bases y condiciones de los procedimientos de contratación conforme a las disposiciones establecidas en los reglamentos y a los documentos estándar elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas”. Que, atendiendo a las actualizaciones normativas introducidas tanto en los reglamentos técnicos emitidos por esta Dirección Nacional como en otros instrumentos jurídicos dictados recientemente, así como a las adecuaciones realizadas en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) y en la operativa técnica asociada a su funcionamiento, resulta necesario actualizar los documentos estándar, a fin de adecuarlos al régimen jurídico vigente y a las condiciones operativas actuales del sistema. Que, las referidas actualizaciones han sido analizadas y trabajadas en coordinación con las instancias rectoras y áreas técnicas competentes, a efectos de garantizar su adecuada implementación en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) y en la gestión de los procedimientos de contratación. Que, en lo que respecta al pliego estándar aplicable a la contratación de obras, se ha considerado pertinente unificar en un único documento las disposiciones contenidas en los Aspectos Generales para la Contratación de Obras y en el Pliego de Bases y Condiciones correspondiente, con el propósito de simplificar, sistematizar y facilitar la aplicación del documento estándar por parte de las entidades contratantes. Que, por Decreto del Poder Ejecutivo N° 16, de fecha 15 de agosto de 2023, ha sido nombrado Director Nacional de Contrataciones Públicas el Abg. Juan Agustín María Encina Pérez. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar los siguientes documentos estándar, en formato electrónico, a ser utilizados por los Organismos y Entidades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Mayoritaria del Estado y Municipalidades, en el marco de la aplicación de la Ley N° 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, en las versiones que se indican a continuación:
1. Pliego para la Contratación de Bienes y Servicios y sus anexos - Convencional - versión 4
2. Pliego para la Contratación de Bienes y Servicios y sus anexos - SBE - versión 4.
3. Pliego para la Contratación de Obras y sus anexos - Convencional - versión 3.
4. Pliego para la Contratación de Obras y sus anexos - SBE- versión 2.
5. Pliego para la Contratación de Servicios de Limpieza Integral y sus anexos - Convencional - versión 3.
6. Pliego para la Contratación de Servicios de Limpieza Integral y sus anexos - SBE - versión 2.
7. Pliego para la Contratación de Servicios de Seguridad y Vigilancia y sus anexos - Convencional - versión 3.
8. Pliego para la Contratación de Servicios de Seguridad y Vigilancia y sus anexos - SBE - versión 2.
9. Pliego para la Contratación de Seguro de Bienes y sus anexos - Convencional - versión 3.
10. Pliego para la Contratación de Seguro de Bienes y sus anexos - SBE - versión 2.
Art. 2
Art. 2°.- Disponer el uso obligatorio de los documentos aprobados en el artículo anterior, a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), por parte de los sujetos comprendidos en el artículo 2° de la Ley, en los procedimientos de contratación de carácter nacional cuyo objeto corresponda a los documentos mencionados, comunicados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.
Art. 3
Art. 3°.- Disponer que en los procedimientos de contratación cuyo objeto aún no cuenten con un documento estándar aprobado, las convocantes elaborarán los pliegos de bases y condiciones de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley N° 7021/22, los reglamentos y deberán considerar el contenido de los Pliegos Estándar para procedimientos convencionales aprobados en la presente resolución.
Art. 4
Art. 4°.- Disponer la difusión de los documentos aprobados en el artículo 1° de la presente resolución en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), apartado “Marco Legal - Documento Estándar”.
Art. 5
Art. 5°.- Establecer que la presente resolución entrará en vigencia a partir del 04 de mayo de 2026.
Art. 6
Art. 6°.- Disposición transitoria. Los procedimientos de contratación que hubieren utilizado la versión anterior del Pliego Estándar por haber sido comunicados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución podrán continuar utilizando dicha versión. Por su parte, los procedimientos que se encuentren en estado de borrador y que aún no hayan sido comunicados a la DNCP deberán utilizar obligatoriamente la versión del Pliego Estándar aprobada por la presente resolución.
Art. 7
Art. 7°.- Dejar sin efecto los documentos estándar aprobados en el Art. 1° numeral 2 de la Resolución DNCP N° 2.156/25, en el Art. 1° numeral 1 de la Resolución DNCP N° 1.116/25 y, en el Art. 1° numeral 3 de la Resolución DNCP N° 5118/23, una vez que entre en vigencia la presente resolución.
Art. 8
Art. 8°.- Abrogar las Resoluciones DNCP N° 455/24 y 617/24.
Art. 9
Art. 9°.- Comunicar a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Derogado por RESOLUCION 1215/2026
Derogado por RESOLUCION 1215/2026