POR LA QUE SE AMPLIA POR UNICA VEZ EL PLAZO DE PRESENTACION DE FORMULARIOS B-02-01-A "DECLARACION JURADA DE COMPROMISOS EMITIDOS Y NO OBLIGADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012", PARA LA REGULARIZACION DE COMPROMISOS DE GASTOS NO OBLIGADOS, AFECTADOS AL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.
VigenteRESOLUCION2013DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0DIE
Declaración jurada -- Ampliación del plazo de presentación de Formularios B-02-01-A "Declaración Jurada de compromisos emitidos y no obligados al 31 de diciembre de 2012", para la regularización de compromisos de gastos no obligados, afectados al Presupuesto del Ejercicio Fiscal anterior.
VISTA: La Ley 4.848/12 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2013"; Decreto N° 10.480/13 "Por el cual se Reglamenta la Ley N° 4.848/12 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2013"; El artículo 1°, 4°, 5°, 20°, 22° y concordante de la Ley N° 2051/03 de "Contrataciones Públicas"; Los artículos 1°, 3°, 4°, 5° de la Ley 3.439/07, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 24 de la Ley 4.848/12 establece que: "La obligación es un vínculo jurídico financiero entre un Organismo o Entidad del Estado y una persona física o jurídica. En materia de provisión de Bienes, Obras y Servicios la obligación se consolida con la entrega efectiva a satisfacción del bien o servicio debidamente documentado". Que, el artículo 25 del mismo cuerpo legal dispone: "A los efectos del cierre del ejercicio, en el marco de lo establecido en el artículo 28 de la Ley N° 1.535/99 "DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO", constituirán: a) Compromisos afectados del ejercicio anterior: Los compromisos afectados a los créditos presupuestarios al cierre del Ejercicio Fiscal 2012 y anteriores no registrados como obligaciones, cuyos bienes, servicios u obras han sido proveídos en ejecución del contrato respectivo que cuentan con documentos respaldatorios de las operaciones realizadas que podrán ser afectadas en el mismo objeto del gasto del Presupuesto 2013 de la Entidad, conforme a los procedimientos de forma de control interno previo, contables y presupuestarios, que serán establecidos en la reglamentación de la Ley.... Estas obligaciones podrán ser atendidas de acuerdo con las disponibilidades de créditos presupuestarios previstos en el Presupuesto vigente aprobado por la presente Ley, o a través de modificaciones presupuestarias (transferencias de créditos, ampliaciones, etc.), solicitadas por los Organismos y Entidades del Estado (OEE), acompañado por el informe y dictamen de la auditoría institucional, conforme a los procedimientos de forma de control interno previo, contables y presupuestarios que serán establecidos en la reglamentación de la presente Ley". Que, el artículo 63 del Decreto N° 10.480/13, en el inciso e), reglamenta el procedimiento para la regularización de Compromisos de Gastos no Obligados afectados al Presupuesto del ejercicio fiscal anterior o ejercicios fiscales anteriores, y en la misma se establece que: "e.5) Las Entidades deberán remitir en carácter de Declaración Jurada, hasta el 30 de junio de 2013 a la DNCP de acuerdo a los Formularios B-02-01-A y B-02-01-B, Declaraciones Juradas de Compromisos de Contrataciones, dispuesto por el presente Decreto, cuyo plazo podrá ser ampliado por Resolución de la DNCP, en casos debidamente justificados previo informe de la Auditoría Interna Institucional (AII) de los respectivos OEE". Que, el artículo 1o de la Ley 3.439/07, faculta a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) a diseñar y emitir las políticas generales sobre las contrataciones que lleven a cabo los organismos y entidades del estado, así como dictar las disposiciones para el adecuado cumplimiento de la Ley 2051/03 y su reglamento. Que, existiendo la necesidad de los OEE en regularizar los compromisos de gastos afectados al presupuesto del ejercicio fiscal anterior, dentro del marco de los procesos de contratación regidos por la Ley N° 2051/03 y los excluidos, que cuentan con CC, que afectan a los Objetos de gasto del 200 al 599 según el Clasificador Presupuestario, independientemente de su Fuente de Financiamiento (10, 20, 30), la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, considera prudente otorgar una única prórroga del plazo establecido en el artículo 262, del Decreto N° 10.480/13 de modo a permitir la recepción de las documentaciones y justificaciones pertinentes para la regularización de dichos compromisos.
Que, por Resolución DNCP N° 1.349/13 de fecha 28/06/13, se designa Encargada de Despacho de la DNCP, a la Sra. Rosana Paola Espinóla Trotte", desde el 01 hasta el 03 de julio del corriente año. POR TANTO, en uso de sus atribuciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 "De Contrataciones Públicas", su modificación Ley N° 3.439/07 y su Decreto Reglamentario N° 21.909/03, y las antes mencionadas. LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- PRORROGAR por única vez hasta el día 30 de agosto de 2013 el plazo de presentación de los formularios B-02-01-A "Declaración Jurada de Compromisos emitidos y no obligados al 31 de diciembre de 2012".
Citado por
Citado por
Art. 2
Artículo 2°.- La presentación del formulario B-02-01-A "Declaración Jurada de Compromisos emitidos y no obligados al 31 de diciembre de 2012" deberá realizarse obligatoriamente acompañada de la siguiente documentación:
a- Nota dirigida al Director Nacional en la que se expone la solicitud respectiva y la debida justificación, acompañado de los antecedentes respaldatorios;
b- Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) plurianual o de certificación de saldos emitidos del Sistema de Programación Presupuestaria (SIPP) para aquellas Entidades no conectadas al SIAF, de acuerdo a lo establecido en artículo 153 in fine de la Ley N° 4.848/12. Los mismos deberán corresponder al Ejercicio Fiscal 2013 y respaldar las erogaciones no canceladas al 31 de diciembre del 2012.
c- Informe de la Auditoría Interna Institucional (AII), acerca de la procedencia de la solicitud.
Art. 3
Artículo 3°.- Independientemente a la presentación de los documentos señalados en los artículos precedentes, la DNCP podrá requerir documentos adicionales en caso que considere necesario.
Art. 4
Artículo 4°. Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas y regirá a las solicitudes ingresadas a través de los Anexos B-02-01-A desde 1 de julio de 2013.
Art. 5
Artículo 5°.- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Rosana Espinola Trotte
Encargada de Despacho
Dirección Nacional de Contrataciones Públicas