POR EL CUAL SE AUTORIZA EL REAJUSTE DE LA TARIFA DE PASAJES DEL SERVICIO REGULAR REMOVIDO DE TRANSPORTE PÚBLICO INTERMUNICIPAL DE PASAJEROS
Sin vigenciaDECRETO2018MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONESPY/LEGI/0GHF
Transporte público -- Reajuste de la tarifa de pasajes del servicio regular removido de transporte público intermunicipal de pasajeros.
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, por medio de la cual eleva el proyecto de decreto para el reajuste de la tarifa de pasajes del servicio regular removido de transporte público de intermunicipal de pasajeros, remitida al mencionado Ministerio por la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN); y Considerando: Que el Artículo 238, Numeral 1) de la Constitución Nacional faculta quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país. Que la solicitud se encuadra en las disposiciones contenidas en la Ley Nº 1590/2000 “Que regula el Sistema Nacional de Transporte y crea la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN) y la Secretaría Metropolitana de Transporte”. Que el Presidente de Consejo de la Dirección Nacional de Transporte remite el estudio de nivel tarifario correspondiente a los servicios de transporte público intermunicipal removido de pasajeros de: corta, media y larga distancia, elaborado por las dependencias técnicas de la DINATRAN, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 4747/2010. Que acorde al mencionado estudio de nivel tarifario y a lo resuelto por el Consejo de la Dirección Nacional de Transporte en su XII Reunión Ordinaria de fecha 3 de diciembre de 2018, resulta necesario autorizar un ajuste en la tarifa de pasajes del servicio de transporte público intermunicipal de pasajeros de corta, media y larga distancia. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, se ha expedido en los términos del Dictamen DAJ Nº 1756/2018. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1º.- Autorizase el reajuste de la tarifa de pasajes del servicio regular removido de transporte público intermunicipal de pasajeros de: corta, media y larga distancia, de acuerdo al listado que se anexa, el cual tendrá vigencia a partir de las 00:00 horas del día 7 de diciembre de 2018.
Art. 2
Art. 2º.- Establécese que la tarifa de pasajes para los tramos con origen y destino en localidades del área metropolitana de Asunción no rige para las empresas permisionarias del servicio de transporte público de pasajeros del área metropolitana de Asunción.
Art. 3
Art. 3º.- Los valores de tarifa establecidos por este Decreto, no incluyen las tasas de embarque de las terminales de los municipios de origen de los viajes.
Art. 4
Art. 4º.- Autorizase al Consejo de la DINATRAN a fijar los pasajes correspondientes a los tramos no contemplados en el anexo a este Decreto, respetando los criterios técnicos aplicados para el actual reajuste.
Art. 5
Art. 5º.- Derogase el Decreto Nº 744 del 28 de noviembre de 2018.
Art. 6
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 7
Art. 7º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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