DECRETO 6758/1999 • MINISTERIO DE HACIENDA - DEPARTAMENTO TECNICO (M.H. - D.T.) • 1999/12/16 • PY/LEGI/04GT
VigenteDECRETO1999MINISTERIO DE HACIENDA - DEPARTAMENTO TECNICOPY/LEGI/04GT
Código Aduanero - Derogación del art. 218 del decreto 15.813/86.
Vistos: El Art. 228º de la Ley Nº 1173/85, "Que establece el Código Aduanero"; la Ley Nº 109/91, "Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 15 de fecha 8 de marzo de 1990, "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda", así como el Art. 261º de la Ley Nº 1160/97, "Código Penal" (Exp. M. H. Nº 31.517/99); y, Considerando: Que es necesario ejercer un control eficaz sobre los bienes que ingresan al país para combatir el contrabando y la evasión tributaria. Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda, se ha expedido en los términos del dictamen Nº 131, de fecha 15 de diciembre de 1999. Por tanto, en ejercicio de sus facultades constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º- Derógase el Art. 218º del Decreto Nº 15.813/86, "Que dictan normas reglamentarias para la aplicación de la Ley Nº 1173/85, "Que establece el Código Aduanero".
Art. 2
Art. 2º- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Art. 3
Art. 3º- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Luis A. González Macchi.- Federico A. Zayas Ch..