RESOLUCION 171/1992 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 1992/11/30 • PY/LEGI/06HQ
VigenteRESOLUCION1992SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/06HQ
Procedimiento Tributario. Sanción por contravención. Reducción. Resolución 43/92
VISTO: El Art. 168 de la Ley 125/91, que faculta a la Administración a reducir o condonar las sanciones Tributarias; y, CONSIDERANDO: Que es necesario facilitar el pago de las obligaciones tributarias establecidas en las Leyes de carácter fiscal existentes en el momento de la vigencia de los Impuestos previstos en la nueva Ley 125/91; Que la afluencia de contribuyentes ante la Administración para cumplir con sus obligaciones atrazadas, impone la necesidad de viabilizar el pago de los tributos existentes antes de la vigencia de la citada Ley Tributaria, en el sentido de reducir la sanción por contravención regulada en la referida Resolución N° 43/92. POR TANTO, EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1° - Reducir el 80 % (ochenta por ciento) la sanción por contravención establecida en la Resolución N° 43/92 por presentación tardía de Declaraciones Juradas relativas al cumplimiento de obligaciones tributarias correspondientes a impuestos no comprendidos en la Ley Nº 125/91.
Art. 2
Art. 2° - Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.
DR. RUBEN RAMON LOVERA - Sub Secretario de Estado de Tributaciówn