RESOLUCION 56/2011 • TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL (T.S.J.E.) • 2011/08/17 • PY/LEGI/0C39
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Sistema electoral -- Aprobación del modelo de Expediente Electoral a ser utilizado para el Referéndum Constitucional, el procedimiento de entrega, conformación de electores por mesas de votación y custodia de los sobres numerados 1, 2 y 3, y las medidas de seguridad a ser tomadas sobre los expedientes electorales.
VISTA La nota D.G.R.E. N° 140/2011, de fecha 3 de agosto de 2011, presentada por la Economista Cristina Muñoz y el Señor Sergio López Irala, Directora General del Registro Electoral y Vice Director del Registro Electoral respectivamente; y CONSIDERANDO: QUE, la mencionada nota, remite la propuesta del modelo del expediente electoral, a ser utilizado en el Referéndum Constitucional a celebrarse el día domingo 09 de octubre del corriente año. QUE, la Resolución TSJE N° 23/2011 de fecha 05 de mayo de 2011, resuelve: "Convocar a los ciudadanos electores de la República del Paraguay, que conformen el Registro Cívico Permanente y se hallen habilitados para votar en el Referéndum Constitucional a realizarse el día domingo 09 de octubre de 2011, en todos los distritos electorales de la República que se constituirá en un solo Colegio Electoral". QUE, los artículos 118 y 120 de la Ley 834/96 disponen: "(...) El distrito Electoral se dividirá en series de doscientos inscriptos (...)"; y "(...) Las series de mesas son los padrones que contienen la lista de electores que corresponde votar ante la respectiva mesa receptora de votos (...)" respectivamente. Al respecto es conveniente mencionar el artículo 261 de la Ley 834/96, que dispone "(...) el cuerpo electoral con un SI o un NO". QUE, el artículo 6, inciso u) de la Ley 635/95, "Son deberes y atribuciones del Tribunal Superior de Justicia Electoral; adoptar las providencias requeridas para el cumplimiento de las finalidades que le asignan esta Ley y el Código Electoral". POR TANTO, conforme y en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 635/95, y en mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL RESUELVE:
Art. 1
1. APROBAR EL MODELO DE EXPEDIENTE ELECTORAL, a ser utilizado en el Referéndum Constitucional del día domingo 09 de octubre de 2011, el cual se anexa a la presente Resolución y se conforma como sigue:
1. Portada Expediente Electoral de Mesa -Electores Nacionales.
Art. 2
2. Acta de Instalación de Mesa y Apertura de la Votación
2.1. Registro de firmas de los Miembros de Mesa.
Art. 3
3. Acta de Incidente de Sustitución de Miembros de Mesa.
Art. 4
4. Acta de Incidente de Oposición al Voto Ciudadano.
Art. 5
5. Acta de Incidente.
Art. 6
6. Padrón de Mesa.
6.1. Casilla Especial para el Voto de Miembros de Mesa y Veedores
6.2. Casilla Especial para el Voto de Miembros de Mesa, Veedores y
Apoderados a ser utilizada en la última mesa de cada Local de Votación.
Art. 7
7. Acta de Cierre de Votación.
7.1. Comparación de votantes según Padrón con Boletines de Voto.
Art. 8
8. Acta de Escrutinio de Referéndum Constitucional.
2. AUTORIZAR a la Dirección General del Registro Electoral la inclusión de las fotografías de los electores en el Padrón Electoral.
3. CONFORMAR cada mesa receptora de votos con 3 (tres) series de 200 inscriptos, es decir 600 (seiscientos) inscriptos por mesa. La fracción mayor de 750formará una nueva serie, y la igual o menor se agregará en la última serie.
4. ENCARGAR a los Juzgados Electorales la recepción y custodia de los Sobres N° 1, 2, 3 y su remisión de acuerdo a la asignación de cada uno, las cuales se detallan a continuación:Sobre N° l: Será remitido al Tribunal Superior de Justicia Electoral por medio de los Coordinadores Departamentales, quienes harán entrega del mismo en la Secretaría Judicial de la Sede Central.
Sobre N° 2: Será remitido al Tribunal Electoral de la Circunscripción por medio de los Juzgados Electorales encargados de su recepción y custodia.
Sobre N° 3: Será remitido a la Dirección General del Registro Electoral por medio de los Coordinadores Departamentales.
5. DISPONER COMO MEDIDAS DE SEGURIDAD.
5.1) Sobre de polipropileno para expedientes electorales y para Certificado TREP.
5.2) Hojas de Seguridad para Actas de Escrutinio de Referéndum Constitucional y Certificados TREP.
5.3) Expediente completo numerado en forma correlativa.
5.4) Numeración especial en las hojas de seguridad.
5.5) Código de barra en todas las hojas del expediente.
5.6) Dirección electoral de cada mesa en todas las hojas de expediente.
6. COMUNICAR a los Tribunales y Juzgados Electorales de toda la República, a la Dirección General del Registro Electoral, a la Dirección de Recursos Electorales, la Dirección General de Informática, al Departamento de Prensa y Publicidad, a los Partidos Políticos y a quienes corresponda.
7. ARCHIVAR.
Modesto Monges Pereira
Alberto Ramirez Zambonini
Juan Manuel Morales
Paola Molinas B.
Secretaria General
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