ACORDADA 253/2002 • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (CSJ) • 2002/04/04 • PY/LEGI/07AA
VigenteACORDADA2002CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPY/LEGI/07AA
Poder Judicial -- Establecimiento de la competencia territorial de los juzgados de Primera Instancia -- Circunscripción Judicial de la Ciudad de Asunción, Filadelfia, Luque, San Lorenzo, Capiatá, J. Augusto Saldivar, Lambaré, Paraguarí, Caacupé.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los cuatro días del mes de abril de dos mil dos, siendo las 11:30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Carlos Fernández Gadea y los Excmos. Señores Ministros Doctores Jerónimo Irala Burgos, Antonio Fretes, Luis Lezcano Claude, Felipe Santiago Paredes, Wildo Rienzi Galeano, Bonifacio Ríos Ávalos, Raúl Sapena Brugada y Enrique Sosa Elizeche, por ante mí, la Secretaria autorizante; DIJERON Que, la creación de los Juzgados de Primera Instancia en los distritos de Capiatá y J. Augusto Saldívar del Dpto. Central, todos en la jurisdicción de la 1ª. Circunscripción Judicial de la Capital, para responder a la necesidad de tornar accesible los beneficios de la justicia a los habitantes de toda la geografía nacional. Que, corresponde delimitar la competencia territorial de los mismos, de suerte a abarcar con los nuevos Juzgados creados el mayor número de pobladores, considerando como razones de orden practico las situaciones derivadas de la existencia de vías de comunicación más cercanas y la necesidad de establecer una carga equitativa de las tareas jurisdiccionales. Que dicha delimitación de competencia territorial se realiza con el contexto de una reestructuración de los límites de las Circunscripciones más amplio para ajustarlo al marco administrativo legal vigente (Decreto Nº 13088). Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 247 de la Constitución Nacional, "La administración de justicia está a cargo del Poder Judicial, ejercido por la Corte Suprema de Justicia" y el inciso i) del artículo 29 del Código de Organización Judicial le impone el deber de "redistribuir" los juicios en trámite en caso de creación o supresión de Juzgados y Tribunales en la Capital y en las Circunscripciones Judiciales en el interior del país". Por tanto, en mérito de las consideraciones expuestas y las disposiciones legales citadas, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA
Art. 1
Art. 1º.Queda establecida la competencia territorial de los Juzgados de 1º. Instancia creados de la siguiente forma.
1º CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA CAPITAL
1.- Juzgados de 1º. Instancia con asiento en la ciudad de Asunción.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Asunción, Benjamín Aceval, Nanawa, Villa Hayes, Fernando de la Mora, Pto. Pinasco, Pozo Colorado y José Falcón. Además de los Juzgados de Paz de Río Verde, Campo Aceval, Chaco í, Col. Gral. Bruguez, Col. Gaspar Rodríguez de Francia, Col. Rojas Silva, Fortín Caballero, Tte. Esteban Martínez, Tte. Manuel Irala Fernández, Fortín Gral. Díaz y Fortín Cadete Pastor Pando.
2.- Juzgados de 1º Instancia con asiento en la ciudad de Filadelfia.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Filadelfia y Mariscal Estigarribia. Además de los Juzgados de Paz de Joel Estigarribia y Pedro P. Peña.
3.- Juzgados y Tribunales del Ñeembucú: Pilar, Alberdi, Villa Franca y Villa Oliva
4.- Juzgados de 1º. Instancia con asiento en la ciudad de Luque.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Luque, Areguá, Limpio y Mariano Roque Alonso.
5.- Juzgados de 1º.Instancia con asiento en la ciudad de San Lorenzo.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en el distrito de San Lorenzo.
6.- Juzgados de 1º. Instancia con asiento en la ciudad de Capiatá.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Capiatá, Itauguá e Ypacarai.
7.- Juzgados de 1º Instancia con asiento en la ciudad de J. Augusto Saldívar.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de J. Augusto Saldívar, Ypané, Guarambaré, Itá, Nueva Italia y Villeta.
8.- Juzgados de 1º. Instancia con asiento en la ciudad de Lambaré.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Lambaré, Villa Elisa, San Antonio y Nemby.
Art. 2
Art. 2º.- ANÓTESE, regístrese, notifíquese.
Felipe Santiago Paredes, Antonio Fretes, Jerónimo Irala Burgos, Luis Lezcano Claude, Bonifacio Ríos Ávalos (Sec. María Bellmar Casal)
9.- Juzgados de 1º Instancia con asiento en la ciudad de Paraguarí.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Paraguarí, Acahay, Caballero, Carapeguá, Escobar, La Colmena, Pirayú, Quiindy, Roque González de Sta. Cruz, Sapucai, Tebicuarymí, Yaguarón Ybycui, Ybytymí, Caapucú, Mbuyapey y Quyquyhó.
10.- Juzgados de 1º Instancia con asiento en la ciudad de Caacupé.
Tendrán competencia sobre los juicios y causas suscitados en los distritos de Caacupé, Altos, Atyrá, Caraguatay, Eusebio Ayala, Isla Pucú, Itacurubí de la Cordillera, Juan de Mena, Loma Grande, Mbocayaty del Yhaguy, Nueva Colombia, Piribebuy, Primero de Marzo, San Bernardino, San José Obrero, Sta. Elena, Tobatí, Valenzuela, Emboscada y Arroyos y Esteros.