CIRCULAR 3/2013 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2013/06/19 • PY/LEGI/0DH8
VigenteCIRCULAR2013MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0DH8
Título habilitante -- Modificación de la Circular DGUIS/VES/MEC N°s 01/2013 y su Anexo.
CIRCULAR VES N° 03/2013
Asunción, 19 de junio de 2013
El Viceministerio de Educación Superior del Ministerio de Educación y Cultura se dirige a los/as Señores/as Rectores/as, Decanos/as y Directores/as de Universidades, Institutos Superiores, Institutos Técnicos Superiores e Institutos de Formación Docente al tiempo de saludarles cordialmente y comunica cuanto sigue:
La modificación de la CIRCULAR DGUIS/VES/MEC N°s 01/2013 y su Anexo quedando redactado de la siguiente manera:
El Registro de Títulos en el Viceministerio de Educación Superior se realiza normalmente conforme a lo dispuesto en la Ley 1264/98 "General de Educación" en sus Artículos 121-124; la Ley 136/93 "DE UNIVERSIDADES" y sus modificaciones por Ley 2529/2006 Artículo 82, todo ello en el marco del Artículo 79 de la Constitución Nacional DE LAS UNIVERSIDADES E INSTITUTOS SUPERIORES y su concordante en la Ley 1264/98 "General de Educación" Art 8 y la Resolución Ministerial N° 6097/12 que establece las reglamentaciones al respecto.
Asimismo, se invitará próximamente a las Autoridades de las Instituciones mencionadas en el apartado 1 de este instrumento a la construcción conjunta de mecanismos que permitan agilizar dichos trámites.
Al respecto, los interesados podrán ubicar dichas normativas en la Página Web del Ministerio de Educación y Cultura: www.mec.gov.py/educacionsuperior.
Atentamente
Dra. Hermelinda Alvarenga de Ortega
Viceministra
Viceministerio de Educación Superior