POR LA CUAL SE MODIFICA EL ART. 2° DE LA RESOLUCIÓN MADES N° 351 DE FECHA 30 DE MAYO DE 2022 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL CRONOGRAMA DE ELABORACIÓN DE RESOLUCIONES PARA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 3239/2007 Y DECRETO REGLAMENTARIO N° 7017/2022.
Sin vigenciaRESOLUCION2023MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLEPY/LEGI/RISS5S
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible -- Modificación del art. 2 de la Resolución MADES N° 351/22.
Visto: Que, el Dictamen A.J. N° 317/2023 y la Providencia DAJ N° 342/2023 de la Directora de la Dirección de Asesoría Jurídica a Secretaria General, y; Considerando: Que la Dirección de Asesoría Jurídica presenta el proyecto de Resolución de modificación del Art. 2 de la Resolución N° 351/2022 a fin de prorrogar el plazo de presentación de las propuestas sobre la metodología a ser aplicada para el proceso de elaboración y socialización de los borradores de resoluciones reglamentarias de la Ley N° 3239/2007 «de los recursos hídricos del Paraguay». Que, la Resolución MADES N° 351 de fecha 30 de mayo de 2022 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL CRONOGRAMA DE ELABORACIÓN DE RESOLUCIONES PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 3239/2007 Y DECRETO REGLAMENTARIO N° 7017/2022” se encuentra vigente. Que, el Dictamen A.J. N° 317/2023 de fecha 06 de junio de 2023 expresa: “... esta asesoría no pone reparos con respecto al citado borrador de Resolución”. Que, la Ley N° 1561/2000 “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”, dispone en el Art. 18 Inc. g) Son funciones y atribuciones del Secretario Ejecutivo: “dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de la Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento”. Que, por Ley N° 6.123/2018 “Eleva al rango de Ministerio a la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, el Decreto N° 140 de fecha 29 de agosto de 2018, nombra al Señor César Ariel Oviedo Verdún, como Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Modificar el art. 2° de la Resolución MADES N° 351 de fecha 30 de mayo de 2022 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL CRONOGRAMA DE ELABORACIÓN DE RESOLUCIONES PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 3239/2007 Y DECRETO REGLAMENTARIO N° 7017/2022”, quedando de la siguiente manera:
Art. 2
Art. 2°.- Disponer que la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos (DGPCRH), deberá socializar el Proyecto de Resolución “POR LA CUAL SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA A SER APLICADA PARA EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y SOCIALIZACIÓN DE LOS BORRADORES DE RESOLUCIONES REGLAMENTARIAS DE LA LEY N° 3239/2007 «DE LOS RECURSOS HIDRICOS DEL PARAGUAY»”, con los actores intervinientes en la Ley N° 3239/2007.
La recepción de aportes o propuestas sobre el Proyecto de Resolución “POR LA CUAL SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA A SER APLICADA PARA EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y SOCIALIZACIÓN DE LOS BORRADORES DE RESOLUCIONES REGLAMENTARIAS DE LA LEY N° 3239/2007 «DE LOS RECURSOS HIDRICOS DEL PARAGUAY»” será hasta el 31 de agosto de 2023.
Una vez emitida la Resolución “POR LA CUAL SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA A SER APLICADA PARA EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y SOCIALIZACIÓN DE LOS BORRADORES DE RESOLUCIONES REGLAMENTARIAS DE LA LEY N° 3239/2007 «DE LOS RECURSOS HIDRICOS DEL PARAGUAY», se empezará a socializar cada Proyecto de Resolución con los actores intervinientes en la Ley N° 3239/2007 dentro de los plazos establecidos en el ANEXO I de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.