POR LA CUAL SE APRUEBA EL USO DEL SISTEMA DE PAGO ELECTRÓNICO – BANCARD Y LIQUIDACIÓN ELECTRÓNICA EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
VigenteRESOLUCION2019MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLEPY/LEGI/0GWE
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible -- Aprobación del uso del sistema de pago electrónico – Bancard y liquidación electrónica en el Ministerio.
Visto: El contrato de prestación de servicios entre la firma BANCARD S.A. y el MADES de fecha 29 de mayo de 2019; el Dictamen A.J. Nº 459/2019 de fecha 07 de junio de 2019 elaborado por el Abog. Claudio Velázquez de la Dirección de Asesoría Jurídica; la Providencia de fecha 12 de junio de 2019 firmada por el Lic. Víctor Yambay, Director de la Dirección de Administración y Finanzas; y la Providencia de fecha 13 de junio de 2019 de la Dirección de Gabinete y; Considerando: Que, a través del contrato firmado entre la firma BANCARD S.A. y el MADES busca implementar y utilizar herramientas tecnológicas que permitan un mejor acceso de la Ciudadanía a los servicios del Ministerio. Que, se encuentra vigente la Resolución N° 210 de fecha 14 de noviembre de 2018, “Por la cual se dispone la implementación y la carga digital obligatoria del módulo, proyectos de desarrollo del Sistema de Información Ambiental (SIAM) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y se establecen los procedimientos para su aplicación”. Que, asimismo, la Resolución N° 281 de fecha 28 de mayo de 2019, “Por la cual se dispone el procedimiento para la implementación de los módulos: Agua, Proyectos de Desarrollo, Biodiversidad y Cambio Climático del Sistema de Información Ambiental (SIAM) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Que, la adopción de esa tecnología y la adopción de Sistemas facilitan y brindan mayor agilidad y transparencia a las gestiones institucionales disponibles al público en general. Que, la Dirección de Administración y Finanzas ha realizado las gestiones pertinentes para la implementación del sistema de pagos a través de la RED INFONET, en el marco de tareas complementarias a la implementación del Sistema de Información Ambiental. Que, este Sistema de pago “Red BANCARD — Infonet”, será utilizado para el cobro de tasas de los diferentes servicios que brinda la institución en el marco de las Leyes de las cuales el Ministerio es competente, a excepción de las operaciones realizadas a través del VUI (Ventana Única del Importador) y las Multas impuestas por la Dirección de Asesoría Jurídica, según Decreto N° 1837 de fecha 27 de mayo de 2019. Que, esta política, herramienta y mecanismo establecido integra de manera armoniosa los objetivos estratégicos y específicos de la Institución, siendo concordantes con las leyes y reglamentaciones vigentes en materia Administrativa, Financiera y de Rendición de Cuentas. Que, el Artículo 4° de la Ley N° 6207/2018 establece Principios Generales como 1- Planificación; 2- Transparencia y Participación Ciudadana; 3- Fomento de las TIC; 4- Protección de los derechos de los usuarios; 5- Libre Adopción Tecnológica y 6- la Masificación del Gobierno Electrónico, los cuales el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adopta para brindar una gestión transparente. Que, el Dictamen A.J. N° 459/2019 dictamina: “Luego de un análisis de la propuesta presentada, esta Dirección observa que se han tenido en cuenta las recomendaciones realizadas por el Dictamen A.J. Nº 389/2019 de fecha 22 de mayo de 2019...”. Que, la Ley N° 1561/2000 “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”, dispone en el Art. 18 Inc. g) Son funciones y atribuciones del Secretario Ejecutivo: “dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de la Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento”. Que, por Ley N° 6.123/2018 “Eleva al rango de Ministerio a la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Que, el Decreto N° 140 de fecha 29 de agosto de 2018, nombra al Señor César Ariel Oviedo Verdún, como Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Aprobar el uso del sistema de Pago Electrónico - Bancard a través del sistema de liquidación electrónico en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Art. 2
Art. 2º.- Aprobar el procedimiento de utilización del pago electrónico y sistema de liquidación desde el Sitio Web Institucional del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de acuerdo a los anexos: 1) Instructivo de Uso del Sistema para Administrador; 2) Instructivo de Uso del Sistema para el ciudadano/a; 3) Instructivo para la utilización de la APP de Bancard, que forman parte de la presente Resolución.
Art. 3
Art. 3º.- Establecer los mecanismos necesarios para que el pago de tasas de los servicios que brinda el MADES en el marco de las leyes de las cuales es competente, puedan ser realizados a través de pagos electrónicos.
Art. 4
Art 4º.- Disponer la administración del sistema de pago electrónico se realizará en forma conjunta entre Dirección de Administración y Finanzas y la Dirección de Sistema Informático en el ámbito que compete a cada dependencia citada.
Art. 5
Art. 5º.- Disponer que todas las resoluciones emitidas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible que establezcan la creación, actualización, modificación o derogación de ingresos en conceptos tasas de las cuales el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible es autoridad de aplicación deberán ser comunicadas a la Dirección de Administración y Finanzas y a la Dirección de Sistema Informático, para los trámites correspondientes.
Art. 6
Art. 6º.- Ratificar la vigencia y validez de los pagos en ventanilla tanto en Sede Central como en las Sedes Regionales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Art. 7
Art. 7º.- Disponer la entrada en vigencia de la presente Resolución a partir del 26 de junio de 2019.
Art. 8
Art. 8º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar.
[imagen]