RESOLUCION 196/2006 • BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS (B.C.P. - S.S.R.G.) • 2006/09/12 • PY/LEGI/0044
VigenteRESOLUCION2006BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/0044
Empresa de seguro -- Régimen de provisión de datos para la central de información de la Superintendencia de Seguros -- Ajuste y modifi
Vistos: Las Resoluciones SS.SG. Nº 115/06, Nº 165/06 y Nº 173/06 del 10 de abril, 12 y 28 de julio de 2006 respectivamente, todas de la Superintendencia de Seguros, por las que se aprueban y ajustan los formatos de datos a remitirse a la Central de Información del contralor, por parte de las compañías de seguro del mercado nacional, y se calendariza al efecto; el Memorando SS.DI. Nº 053/06 del 08/09/06 de la División Informática del órgano supervisor; Considerando: Que la finalidad del proceso iniciado en el marco de la recolección de datos para la Central de Información de la Superintendencia de Seguros apunta a contener información consolidada en un todo íntegra, con datos confiables y completos, requiriéndose la continuidad en la remisión de estos que hacen al proceso analítico/preventivo en la marcha del sistema asegurador sujeto al control del ente supervisor, y sobre todo, en un marco de razonabilidad que permita asegurar la calidad de los reportes a ser proporcionados al citado contralor; Que se requiere realizar ajustes al formato establecido para la remisión de datos a la Central de Información administrado por la Superintendencia de Seguros, en el marco de mejorar el proceso encarado dentro del contexto de su implementación, pues corresponde precisar ciertos aspectos que hacen a la operativa del nuevo sistema informativo; Que, en dicha razón, es imperante realizar modificaciones, inserciones y extracciones en la proforma de envío de datos a fin de optimizar el manejo de los mismos y facilitar el efectivo cumplimiento y alcance de los objetivos determinados en el proyecto del Banco Interamericano de Desarrollo BID-FOMIN ATN/MT-6357-PR "Programa para la Reforma de la Industria del Seguro para el Desarrollo del Sector Privado - Desarrollo e Implementación de una Central de Información de Compañías de Seguros y del Sistema Contable Estandarizado"; Que, dada la existencia y vigencia de cronogramas y plazos en la interacción informativa entre las compañías de seguro del mercado y la Central de Información referida, se hace urgente definir cuanto antes los cambios planteados; Por tanto, en base a las facultades reglamentarias conferidas por el artículo 61º inc. b) y c) de la Ley N° 827/96 "De Seguros" y demás concordantes, El Superintendente de Seguros Resuelve:
Art. 1
Artículo 1° - Modificar el Formato de Datos para la Central de Información a ser enviado por las compañías de seguro del mercado nacional (ANEXO I), aprobado por Resolución SS.SG. Nº 115/06 y sus modificatorias SS.SG. Nº 165/06 y Nº 173/06 de fechas 10 de abril, 12 y 28 de julio de 2006 respectivamente, todas de la Superintendencia de Seguros, en los puntos que se detallan a continuación:
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Art. 2
Artículo 2° - Comunicar al Consejo Consultivo para su toma de razón y conocimiento.
Art. 3
Artículo 3° - Comunicar, publicar y archivar.