POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 15828 DE FECHA 29 DE JULIO DE 2013 "POR LA CUAL SE AMPLÍA EL CALENDARIO ESCOLAR DEL AÑO LECTIVO 2013" Y SE ESTABLECE LA FECHA DE CULMINACION DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS DEL AÑO 2013.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0DPX
Plan de estudios -- Establecimiento de la fecha de culminación de las actividades académicas del año 2013 -- Deja sin efecto la Resolu
VISTA: La necesidad de dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 15828 de fecha 29 de julio de 2013 "Por la cual se amplía el calendario escolar del año lectivo 2013 y se disponen medidas administrativas de monitoreo escolar a las instituciones educativas del sector oficial, privadas y privadas subvencionadas" y se establece la fecha de culminación de las actividades académicas del año 2013; y,
CONSIDERANDO: Que, la Resolución N° 15828 de fecha 29 de julio de 2013, establece la ampliación del calendario escolar para el año lectivo 2013, fijando el cierre de las actividades académicas el día 24 de diciembre del corriente año, a razón de un día hábil de clases por cada día que la institución educativa de gestión oficial suspendiera su servicio educativo;
Que, la citada resolución fue dictada en el marco de la huelga docente declarada por los gremios: Federación de Educadores del Paraguay FEP; Organización de Trabajadores de la Educación Paraguaya OTEP - Auténtica; Movimiento de Acción Sindical del Magisterio Paraguayo - SN, Unión Nacional de Educadores - SN; y otros que integran el Comando de Unidad Sindical de los Trabajadores de la Educación, CUSTE;
Que, el Ministerio de Educación y Cultura, se halla abocado en la implementación de un Plan de Mitigación de los efectos causados por la huelga docente con las pérdidas de clases, a fin de optimizar el tiempo que resta en el presente año lectivo; garantizando el proceso de enseñanza - aprendizaje, con la realización de actividades pedagógicas orientadas a la adquisición de nuevos conocimientos, reconociendo y teniendo presente el rol principal del alumno en dicho proceso;
El Decreto N° 1368 de fecha 26 de enero de 2009 "Por el cual se establece el calendario educativo nacional para las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional y se adoptan medidas administrativas" y modificaciones;
La Resolución Ministerial N° 10271 de fecha 28 de noviembre de 2012 "Por la cual se aprueba el calendario educativo nacional correspondiente al año lectivo 2013 para instituciones educativas de gestión oficial, privada y privada subvencionada de todo el país";
Que, el Artículo 115 de la Ley N° 1264 "General de Educación" dispone: "El Ministerio de Educación y Cultura determinará el Calendario Escolar y el horario de trabajo diario para los diversos turnos y definirá los periodos escolares y los días de descanso. Atenderá siempre con la diversidad de circunstancias, características y ciclos de producción y cosecha agrícola de los departamentos";
Que, el Artículo 18 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación" dice: "Las Junciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura";
Que, el Artículo 91 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación" establece: "La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...".
Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales,
LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA
RESUELLE:
1°.- DEJAR sin efecto la Resolución Ministerial N° 15828 de fecha 29 de julio de 2013 "Por la cual se amplía el calendario escolar del año lectivo 2013 y se disponen medidas administrativas de monitoreo escolar a las instituciones educativas del sector oficial, privadas y privadas subvencionadas".
2°.- ESTABLECER como fecha de finalización de actividades académicas con los educandos el día 29 de noviembre de 2013.
3°.- COMUNICAR y archivar.
Maria Lafuente
MINISTRA