QUE ESTABLECE PAUTAS PARA OPTIMIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS JUZGADOS PENALES DE GARANTIAS DE LA CAPITAL
VigenteACORDADA2016CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPY/LEGI/0F44
Juez de garantías -- Establecimiento de pautas para optimizar el funcionamiento de los juzgados penales de garantías de la capital.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los ochodías del mes de marzo del año dos mil dieciséis, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, José Raúl Torres Kirmser, Miryam Peña Candia, Antonio Fretes, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, César Antonio Garay, Luis María Benítez Riera y Gladys Ester Bareiro de Módica; ante mí, el Secretario autorizante; DIJERON: La presente Acordada tiene por objeto implementar un modelo de gestión jurisdiccional a fin de darle una dinámica más eficiente al funcionamiento de la etapa preparatoria e intermedia del proceso penal en la Capital, con miras a hacer extensivo luego a todo el territorio nacional en la búsqueda de contribuir a dar una solución al problema de la excesiva suspensión de audiencias y combatir, en consecuencia, la morosidad existente. De conformidad con la política instaurada por la Corte Suprema de Justicia, se ha verificado un alto índice de suspensión de audiencias en los Juzgados Penales de Garantías de la Capital, originados por diversos motivos vinculados principalmente a la incomparecencia del imputado, fiscal o del abogado defensor ya sea público o privado, pedidos de suspensión, falta de notificación, entre otros; circunstancias que evidencian la necesidad de establecer pautas para la realización efectiva de las audiencias. Asimismo, se ha detectado la necesidad de ampliar el artículo 1 de la Acordada N° 308/2004, en cuanto a la necesidad de ampliar los datos que deben ser declarados por el procesado beneficiado con una medida sustitutiva, a los efectos de su localización y notificación para asistir a las audiencias. Conforme a las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia en la materia, y a fin de asegurar la realización efectiva de las audiencias y dar una respuesta oportuna y eficaz al justiciable, a la víctima y a toda la ciudadanía se hace necesario organizar e implementar un modelo de gestión jurisdiccional en los Juzgados Penales de Garantías de la Capital. La calidad en la gestión jurisdiccional comprende el esfuerzo por lograr el más amplio y fácil acceso al servicio de justicia, circunstancia que motiva la implementación un sistema centrado en la mejora continua del sistema de justicia. La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que sean necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia en su carácter de Superintendente de todos los organismos del Poder Judicial de conformidad con lo dispuesto por el Art. 259 numeral 1 de la Constitución Nacional y el Art. 3 inc. b) de la Ley 609/95 que organiza la Corte Suprema de Justicia. Por tanto, en uso de sus atribuciones, LACORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art. 1
Art. 1°.- APROBAR la ampliación del artículo 1° de la Acordada 308/2004, que queda redactada como sigue: “CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO: El imputado deberá llenar un formulario en el que consten sus datos personales, domicilio preciso con nombre de calle, número de casa, barrio y ciudad junto con el diseño de un croquis, teléfono propio (línea baja y teléfono móvil) y el teléfono de un pariente o persona allegada a los efectos de posibilitar su ubicación. Esta información deberá ser bajo declaración jurada certificada por el actuario. La falsedad de los datos deberá ser tenida en cuenta por el juez para la concesión de otras medidas, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones más graves, establecidas en nuestra legislación interno”.
Art. 2
Art. 2°.- APROBAR el manual que establece las pautas para optimizar el funcionamiento de los Juzgados Penales de Garantías de la Capital, para evitar la suspensión de las Audiencias fijadas durante la Etapa Preparatoria e Intermedia.
Art. 3
Art. 3°.- CREAR la Oficina Interinstitucional dependiente de la Corte Suprema de Justicia, conformada por representantes del Ministerio de Justicia, Ministerio Público y Ministerio de la Defensa Pública, a fin de coordinar, verificar y supervisar la realización efectiva de las audiencias durante la Etapa Preparatoria e Intermedia, dando soporte a los Juzgados Penales de Garantías.
Art. 4
Art. 4°.- CREAR la Oficina de Coordinación y Seguimiento de los Juzgados Penales de Garantías, a cargo de un Coordinador que servirá de enlace con el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, los Juzgados Penales de Garantías, la Oficina Interinstitucional de la Corte Suprema de Justicia y la Dirección de Comunicación y Difusión de la Corte Suprema de Justicia.
Art. 5
Art. 5°.- ENCOMENDAR a la Dirección de Recursos Humanos de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección de Planificación y Desarrollo, la regulación de las funciones de las oficinas creadas en los artículos 3 y 4 de la presente Acordada.
Art. 6
Art. 6°.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración y Finanzas de la Corte Suprema de Justicia, la inclusión en el presupuesto del año 2017, de los recursos y cargos necesarios para el funcionamiento de las oficinas creadas.
Art. 7
Art. 7°.- ENCOMENDAR a la Dirección de Informática y Sistemas la herramienta de gestión a ser instalada o desarrollada en los Juzgados Penales de Garantías.
Art. 8
Art. 8°.- ENCOMENDAR a la Dirección de Infraestructura Física la adecuación del espacio físico requerido para la instalación de la Oficina de Coordinación y Seguimiento de los Juzgados Penales de Garantías y la Oficina Interinstitucional, conforme a los requerimientos de las citadas dependencias.
Art. 9
Art. 9°.- ENCOMENDAR a la Dirección de Comunicación y Difusión de la Corte Suprema de Justicia la publicación de la gestión de los Jueces Penales de Garantías para dar cumplimiento a la Ley N° 189/14, que establece la obligatoriedad de la provisión de informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay.
Art. 10
Art. 10°.- ESTABLECER la obligación de utilizar y mantener actualizada la herramienta de gestión a ser instalada o desarrollada en los Juzgados Penales de Garantías.
Art. 11
Art. 11°.- DISPONER que todas las audiencias suspendidas sean fijadas en horario extraordinario a fin de evitar una mayor dilación en la tramitación del proceso.
Art. 12
Art. 12°.- La Corte Suprema de Justicia establecerá los mecanismos para el control y verificación del cumplimiento de la presente Acordada.
Art. 13
Art. 13°.- ANOTAR, registrar y notificar.
Ante mí: