POR LA CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS ESTRATEGICOS, DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, CORRESPONDIENTES AL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE JULIO DE 2012 Y AGOSTO DE 2013, EXPUESTOS EN EL FORMATO MECIP N° 35 Y VALIDADOS POR LOS MIEMBROS DEL COMITE DE CONTROL INTERNO; EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACION DEL MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO PARA LAS ENTIDADES PUBLICAS DEL PARAGUAY - MECIP.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - SECRETARIA GENERALPY/LEGI/0DD7
Control interno -- Aprobación de los Lineamientos Estratégicos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, correspondientes al periodo comprendido entre julio de 2012 y agosto de 2013, expuestos en el Formato MECIP N° 35 y validados por los miembros del Comité de Control Interno; en el marco de la implementación del Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay - MECIP.
VISTA: La Nota VMS N° 66/2013, registrada como expediente SIMESE 4942, por medio de la cual el Viceministro de Salud Pública y Directivo Responsable de la Implementación del MECIP, informa sobre los Lineamientos Estratégicos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, expuestos en el Formato MECIP N° 35 y validados por el Comité de Control Interno; y recomienda su aprobación mediante Resolución Ministerial; y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 1535/99 - De Administración Financiera del Estado - y su Decreto Reglamentario N° 8127/00, proporcionan una estructura para el control de los organismos y entidades del Estado, con el fin de garantizar el desarrollo de su función administrativa bajo los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, celeridad y transparencia, contribuyendo con ello al cumplimiento de sus objetivos institucionales, en el contexto de los fines sociales del Estado Paraguayo; Que el Decreto N° 962/2008 modifica el Título VII del Decreto N° 8127/00, en los siguientes términos: CAPITULO II - Modelo Estándar de Control Interno "Apruébese y adóptese el Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay - MECIP, definido en el Anexo que forma parte de este Decreto. Que, en virtud de la Resolución S.G. N° 9/2009, se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay - MECIP, y se disponen las medidas tendientes al inicio de su implementación al interior del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; Que la Resolución S.G. N° 843/2012, declara de prioridad institucional la implementación del Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay - MECIP, en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; Que es necesario contar con las líneas estratégicas de acción aprobadas; y Que, en concordancia con lo preceptuado por la Constitución Nacional en su Artículo 242 - De los deberes y de las atribuciones de los ministros, el Decreto N° 21376/78, Artículos 19°, y 20° numeral 6, establece que al Ministro de Salud Pública y Bienestar Social compete ejercer la administración general de la institución. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar los Lineamientos Estratégicos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, correspondientes al periodo comprendido entre julio de 2012 y agosto de 2013, expuestos en el Formato MECIP N° 35 y validados por los miembros del Comité de Control Interno; en el marco de la implementación del Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay - MECIP; el cual forma parte, como anexo, de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°.- Disponer su ejecución en las dependencias del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, afectadas por las disposiciones contenidas en la presente Resolución.
Art. 3
Artículo 3°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.