DECRETO 6163/2011 • MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (M.O.P.C.) • 2011/02/15 • PY/LEGI/0BIN
VigenteDECRETO2011MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONESPY/LEGI/0BIN
Declaración de interés -- Modificación del Artículo 3° del Decreto 6089/2011 "Por el cual se declara de interés nacional el proyecto C
VISTO: La presentación realizada por la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) mediante Nota ANNP N° 105/11 del 08 de febrero del corriente año mediante la cual realiza sugerencias para el cumplimiento del Decreto N° 6089/11; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Nacional en su Artículo 238 Numeral 1) faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país; Que, el Decreto N° 6089 del 2 de febrero de 2011 ha declarado en su Artículo 1° al proyecto "Ciudadela Cultural de Asunción " como de interés nacional, en su Artículo 2° instruye a la ANNP para poner a disposición del MOPC el área de su inmueble del puerto de Asunción afectada al proyecto y en su Artículo 3° establece el plazo de 15 días para hacer efectiva esa entrega; Que, la Administración Nacional de Navegación y Puertos en la presentación antes referida, entre otras observaciones, ha realizado sugerencias para el cumplimiento del Decreto N° 6089 encareciendo la ampliación del plazo de 15 días, a los efectos de imprimir mayor orden a la adecuación física que debe realizar de sus instalaciones. Que, el planteamiento realizado por la ANNP responde a situaciones no previstas con anterioridad y que se detallan en su presentación, pero claramente atendibles, por lo que deviene conveniente ampliar el plazo que tiene para poner a disposición del MOPC las áreas afectadas al proyecto "Ciudadela Cultural de Asunción", tal como constan en el anexo del Decreto N° 6089. Que es decisión de este Gobierno ejecutar a plenitud y en la brevedad posible el Proyecto individualizado en este Considerando, siendo necesario optimizar la coordinación entre las instituciones afectadas. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Modificase el Artículo 3° del Decreto N° 6089 "POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO CIUDADELA CULTURAL DE ASUNCION Y SE INSTRUYE A LA ADMINISTRACION NACIONAL DE NAVEGACION Y PUERTOS (ANNP), PONER A DISPOSICION DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES EL INMUEBLE AFECTADO " del 2 de febrero de 2011 dejando establecido dicho plazo en quince (15) días contados desde la publicación del presente Decreto.
Art. 2
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Oficial.