RESOLUCION 43/2003 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2003/04/25 • PY/LEGI/0247
VigenteRESOLUCION2003DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/0247
Despachos de Importación (IC04) - Canales selectivos de control en la tramitación - Administración de Aduanas de Pedro Juan Caballero.
VISTO: La Resolución D.G.A. Nº 12 de fecha 4 de febrero del 2003 "Por la que se aplican Canales Selectivos de Control para la tramitación de los Despachos de Importación (IC04) en la Administración de Aduana de la Capital", la Resolución modificatoria D.G.A. Nº 19 de fecha 6 de febrero del 2003 y la ampliatoria Resolución D.G.A. Nº 28 de fecha 26 de marzo del 2003; y CONSIDERANDO: Que la Resolución básica hace referencia a la aplicación de los Canales Selectivos de Control para la tramitación de Despachos de Importación (IC04) en la Administración de Aduana Capital, en tanto que la Resolución D.G.A. Nº 28/2003 dispone la aplicación en las Aduanas de Ciudad del Este, Terminal de Cargas Km. 12 Ruta VII y Aeropuerto Internacional Guaraní. Que en atención a los adelantos que se registran en las modalidades operativas y la consiguiente conveniencia de ir incorporando las nuevas técnicas en forma progresiva en todas las Administraciones de Aduanas, se impone la necesidad de proceder al dictado de las Resoluciones respectivas. Que al efecto y conforme a los estudios realizados por el Sistema Informático SOFIA puede procederse a la aplicación de los Canales Selectivos de Control en la Administración de Aduana de Pedro Juan Caballero. POR TANTO, en mérito a las consideraciones expuestas, y en uso de sus atribuciones, EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º. - Disponer la aplicación de las normativas establecidas en las Resoluciones D.G.A. Nº 12/2003 y D.G.A. Nº 19/2003, en la Administración de Aduana de Pedro Juan Caballero desde el 2 de mayo del 2003, relativas a los Canales Selectivos de Control en la tramitación de los Despachos de Importación (IC04).
Art. 2
Art. 2º. - Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar. - Inocencio Fretes Morán.