POR LA CUAL SE INTEGRA EL TRIBUNAL DE ÉTICA DE LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE (DINATRAN)
VigenteRESOLUCION2015DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTEPY/LEGI/0EMH
Código de Ética Profesional -- Integración del Tribunal de Ética de la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN).
VISTO: La presentación realizada por el Coordinador General para la Implementación del MECIP en la DINATRAN, según Memorándum N° 19 de fecha 13 de marzo de 2.015, en el que remite el resultado de la Reunión Ordinaria N° 01/2014 de fecha 23/07/2014 del Comité de Control Interno (Nivel Directivo), acerca de la integración del Tribunal de Ética de la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN). Que, la elección de los mismos se realizó sobre la base a los parámetros establecidos en el Código de Ética de la DINATRAN, que fuera aprobado por Resolución del Consejo N° 438/2011. Que, en total 05 (cinco) funcionarios de la Institución se postularon para ser miembros del Tribunal de Ética, a la convocatoria de fecha 28 de mayo de 2.013, realizada por el Gerente de Ética, Abog. Miguel Angel Ojeda. Los citados funcionarios son: Abog. María Josefina Fernández, C.P. Fátima Achucarro, Sr. Luis Enrique Doria, Abog. Aryana Moreno y la Sra. Ninfa Arzamendia. Que, los miembros del Comité de Control Interno, sobre la base del informe del Coordinador General del MECIP, respecto a los requisitos y condiciones establecidos para la integración del Tribunal de Ética, decidieron designar a los funcionarios: Abog. María Josefina Fernández, C.P. Fátima Achucarro y el Sr. Luis Enrique Doria como los nuevos integrantes del referido cuerpo colegiado, y; CONSIDERANDO: Que, es importante dar continuidad a los compromisos asumidos por la DINATRAN, en el marco de la implementación de Modelo Estándar de Control Interno para las Instituciones Públicas del Paraguay (MECIP), en especial a los aspectos que guardan relación con los Principios y Valores Éticos. Que, los funcionarios designados por el Comité de Control Interno (Nivel Directivo), reúnen las condiciones establecidas en el Código de Ética de la DINATRAN. Que, la Ley Nro. 1.590/2.000 en el Artículo 12° crea la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN) como ente descentralizado con personería jurídica de derecho público, encargada de la regulación del transporte nacional e internacional. Que, en el Artículo 14° del mismo cuerpo legal supra mencionado en el párrafo anterior establece: " ...La autoridad máxima de la DINATRAN será el Consejo... ". Que, el tema en cuestión fue tratado y aprobado en la II Reunión Ordinaria del Consejo de la DINATRAN en fecha 30 de marzo de 2015. POR TANTO; y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 1590/2000, EL CONSEJO DELA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE; RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- INTEGRAR el Tribunal de Ética de la Dirección Nacional de Transporte, designando como miembros a las siguientes personas:
- Abog. María Josefina Fernández.
- C.P. Fátima Achucarro.-
- Sr. Luis Enrique Doria.-
Art. 2
Artículo 2°.- Los miembros del Tribunal de Ética, durarán en sus funciones de conformidad a lo establecido en el Código de Ética.
Art. 3
Artículo 3°.- El Tribunal deberá reunirse inmediatamente publicada la presente Resolución, establecer un Reglamento Interno y definir Autoridades.
Art. 4
Artículo 4°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente y la Secretaria Ejecutiva del Consejo de conformidad a la Resolución del Consejo de la DINATRAN N° 98 de fecha 17 de marzo de 2015.-
Art. 5
Artículo 5°.- COMUNICAR a quienes corresponda y archivar.
Abog. Dominique M. Mateus Gadea
Secretaría Ejecutiva del Consejo
DINATRAN
Abog. Carlos Georgi Samaran
Presidente del Consejo
DINATRAN