RESOLUCION 7/2001 - ACTA 126/2001 • BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY (B.C.P.) • 2001/11/20 • PY/LEGI/03NU
Sin vigenciaACTA2001BANCO CENTRAL DEL PARAGUAYPY/LEGI/03NU
Entidades financieras del país - Posición de cambios. Modificación de la Resolución 2, acta N° 125/2001 de fecha 19 de noviembre de 2001.
VISTA: la Resolución Nº 2, Acta Nº 125 de fecha 19 de noviembre de 2001, del Directorio del Banco Central del Paraguay, por la cual se establecen los límites a la posición de cambios de entidades financieras del país. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE:
Art. 1
1º) Modificar los artículos 3º) y 6º) de la Resolución Nº 2, Acta Nº 125 de fecha 19 de noviembre de 2001, del Directorio del Banco Central del Paraguay, los cuales quedan redactados como sigue:
"3º) A los efectos del cálculo de la posición sobrecomprada, definida en el artículo 1º), los bonos del Tesoro Nacional denominados en Moneda Extranjera se computarán al 80% de su valor presente.
Si en el activo considerado para el cálculo definido en el artículo 1º) no se computaran los saldos mantenidos en Bonos del Tesoro Nacional denominados en moneda extranjera, la posición sobrecomprada en divisas de las Entidades Financieras, al cierre diario de sus operaciones, no podrá exceder el equivalente del siete por ciento (7%) del total de activos y contingentes ponderados por riesgo al cierre del mes inmediato anterior.
6º) Las Entidades Financieras deberán ajustar su posición de cambios a los términos de la presente Resolución en el plazo de cuatro meses a partir del 30 de noviembre de 2001, a razón de veinticinco por ciento (25%) por mes, sobre la base de posición de solvencia al 31 de octubre de 2001. En el proceso de adecuación no podrán realizar nuevas operaciones que aumenten su posición de cambios, vigente a la fecha de emisión de la presente Resolución, si esta estuviere por encima de los límites establecidos en esta Resolución.
Art. 2
2º) Estar a lo dispuesto por los demás términos de la Resolución Nº 2, Acta Nº 125 de fecha 19 de noviembre de 2001, del Directorio del Banco Central del Paraguay.
Art. 3
3º) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
Raúl José Vera Bogado.- Aníbal Fernando Paciello Rodríguez.- Juan Ortiz Vely.- Fátima Francisca Vázquez Fleitas.