RESOLUCION 11/2003 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2003/09/05 • PY/LEGI/03N9
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Moneda Extranjera - Cotización - Tipos de cambio para las operaciones realizadas en moneda extranjera, agosto/2003.
Asunción, 5 de setiembre de 2003 VISTOS: Los artículos 7° inc. e) de la Ley N° 125/91, 17° del Decreto N° 13.424/92, modificado por Decreto N° 21.302/03 e informe del Banco Central del Paraguay, y CONSIDERANDO: Que es necesario facilitar a los contribuyentes la información referente a las cotizaciones de monedas extranjeras en el mercado libre fluctuante a nivel bancario. POR TANTO, EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°. TIPOS DE CAMBIO - Los tipos de cambio comprador o vendedor comunicados por el Banco Central del Paraguay en el mercado libre a nivel bancario al cierre de cada día del mes que se menciona a continuación son los siguientes:
[imagen]
Obs.: El marco alemán, franco francés, florín holandés, peseta española, franco belga y la lira italiana fueron reemplazados por el euro, según informe del Banco Central del Paraguay.
Art. 2
Art. 2°. Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar. - Andreas Neufeld Toews.