RESOLUCION 72/2003 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2003/07/15 • PY/LEGI/023D
VigenteRESOLUCION2003DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/023D
Aduana - Habilitación de un resguardo de aduana dependiente de administración Terport S.A. en el local de la firma Gas Corona S.A. - Ciudad de San Antonio departamento Central Km. 362,2, margen izquierda del río Paraguay - Descarga de barcazas gaseras y almacenamiento de gas licuado de petróleo.
VISTO: El artículo 285 inciso b) y c) de la Ley N° 1.173/85 "CÓDIGO ADUANERO" y los Decretos N° 18.412 y N° 20.278 de fecha 18 de febrero del 2003 y de fecha 31 de marzo del 2003, respectivamente, por los cuales se nombra Director General de Aduanas; y, COSIDERANDO: Que por la Nota con Entrada D.G.A. Nº 10.488/2003 presentada por la Firma "GAS CORONA SA", de fecha 23 de abril de 2003, solicita a esta Dirección General de Aduanas la habilitación temporaria por el término de (5) cinco años, de un resguardo de Aduana en la Terminal Portuaria autorizada a la Firma "Gas Corona SA".Por el Decreto Nº 20.891/2003, ubicada en el km 362,6 sobre la margen izquierda del Río Paraguay, en la Ciudad de San Antonio, Departamento Central. Que para dar trámite al mencionado pedido, entre otras diligencias, se giró l Expediente a la Administración de Aduanas de TERPORT SA. Para que se proceda a la verificación e inspección del inmueble y de las oficinas cuya habilitación se solicita y por cumplido, al departamento de Asesoría Técnica de la Institución para su estudio y dictamen, el que a su vez requirió la intervención de la Administración del Sistema Informativo SOFIA. Que en cumplimiento de la providencia adoptada, las oficinas correspondientes proporcionaron los informes respectivos, señalando en forma coincidente de que el local inspeccionado cuenta con todos los sistemas de seguridad, al igual que las comodidades e infraestructura indispensables para el funcionamiento de las oficinas; POR TANTO: En mérito a las consideraciones expuestas, y en uso de sus atribuciones; el DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1.- Habilitar en forma temporaria por el término de (5) cinco años, un Resguardo de Aduana dependiente de la Administración de Aduana de TERPORT SA, en el Local de la Firma "GAS CORONA SA" en la Ciudad de San Antonio, Departamento Central, sobre el km 362,6 de la margen izquierda del Río Paraguay, que conforme al Decreto Nº 20.891/2003, operará en la descarga de barcazas gaseras y almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo en Tanques existentes en el predio.
Art. 2
Artículo 2.- Encargar a la administración de Aduanas de TERPORT SA la adopción de las medidas pertinentes para el funcionamiento del Resguardo de Aduana habilitado por el artículo anterior, y la provisión del personal indispensable para el efecto.
Art. 3
Artículo 3.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplida, archivar.
Director General de Aduanas: Abog. Inocencio Fretes Morán.