POR LA CUAL SE HABILITAN JUZGADOS EN VIRTUD A LA PROMULGACIÓN DE LA LEY N° 7050 ‘QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023’ EN LA CUAL SE INCORPORARON TRASLADOS, MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE COMPETENCIAS DE LOS MISMOS.
VigenteACORDADA2023CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAYPY/LEGI/CO81LM
Poder Judicial -- Habilitación de juzgados.
En la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil veintitrés, siendo las diez horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Vicepresidente Primero en Ejercicio de la Presidencia, Prof. Dr. Alberto Joaquín Martínez Simón y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Manuel Dejesús Ramírez Candia, Luís María Benítez Riera, María Carolina Llanes Ocampos, Víctor Ríos Ojeda y César Manuel Diesel Junghanns, ante mí, el Secretario autorizante; Dijeron: Que, existen imperiosas necesidades que se presentan en las Circunscripciones Judiciales de la Republica, que obligan a realizar traslados y modificaciones de las nomenclaturas presupuestarias y competencias judiciales que corresponden a los diferentes Juzgados y Tribunales. Que, corresponde dar respuestas adecuadas para la solución de problemas antecedentemente mencionados, lo que impone la reorganización respecto de la competencia territorial y de fueros de ciertos Juzgados y Tribunales, considerando que se dan situaciones que obligan a los justiciables a tener que transitar largas distancias para la obtención de la tutela judicial pertinente. Que, el Artículo 22° de la Ley N9 879/81 “Código de Organización Judicial” en el Titulo II - De la Jurisdicción y de la Competencia, Capitulo II - De la Competencia, establece que: “la competencia en razón del grado está determinada por las instancias judiciales, en la forma y medida que están establecidos los recursos de las leyes procesales”. Que, el impedimento de creación de nuevos cargos establecidos por el Artículo 172, inciso 4 - Anexo “A” del Decreto del Poder Ejecutivo N° 7.007/2.022 “De lineamientos generales para la Elaboración y Formulación del Anteproyecto del Presupuesto General de Gastos de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2023” no puede restringir la adopción de medidas distintas para la solución de los problemas de la Administración de Justicia, a fin de cumplir con los anhelos del acceso de Justicia, razón por la cual fueron incorporados en el referido proyecto las modificaciones de denominaciones, ampliaciones de competencias y traslados de diversos Juzgados, con el objeto de satisfacer las demandas de los usuarios según las siguientes disposiciones: N° DENOMINACION AÑO 2.022 DENOMINACION AÑO 2.023 DISPOSICIÓN MODIFICACIÓN REALIZADA 1. Juzgado de Paz en lo Penal de Arroyos y Esteros, Circunscripción Judicial de Cordillera Juzgado de Paz del Segundo Turno de Emboscada, Circunscripción Judicial de Cordillera Resolución CSJ N° 8.812/21 Traslado y Modificación de Competencia. 2. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Circunscripción Judicial de Cordillera Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno, Circunscripción Judicial de Cordillera Ampliación de Competencia. 3. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, Circunscripción Judicial de Cordillera Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno, Circunscripción Judicial de Cordillera. 4. Juzgados Penales de Sentencias de la localidad de Concepción, Circunscripción Judicial de Concepción Juzgados Penales de Sentencias con sede en Concepción, con competencias territoriales en toda la Circunscripción Judicial de Concepción Resolución CSJ N° 8.899/21 Ampliación de Competencia. 5. Juzgado Penal de Sentencia de las localidades de Horqueta y Arroyito, Circunscripción Judicial de Concepción Juzgados Penales de Sentencias con sede en Horqueta, con competencias territoriales en toda la Circunscripción Judicial de Concepción.
6. Juzgado de paz de Puerto Yvapobo, Circunscripción Judicial de Concepción Juzgado de paz de Puerto Yvapobo, Circunscripción Judicial de San Pedro Traslado. 7. Juzgado de Primera Instancia Penal de Garantías de San Pedro, Circunscripción Judicial de San Pedro Juzgado de Primera Instancia Penal de Garantías de Santa Rosa del Aguaray, Circunscripción Judicial de San Pedro. 8. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Pedro, Circunscripción Judicial de San Pedro Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Rosa del Aguaray, Circunscripción Judicial de San Pedro. 9. Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de San Pedro, Circunscripción Judicial de San Pedro Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Santa Rosa del Aguaray, Circunscripción Judicial de San Pedro. 10. Juzgado de Paz de Rio Verde, Circunscripción Judicial de San Pedro Juzgado de Paz de Segundo Turno de Santa Rosa del Aguaray, Circunscripción Judicial de San Pedro. 11. Juzgado Penal de Garantías de Coronel Martínez, Circunscripción Judicial de Guaira Juzgado Penal de Garantías N° 5 de Villarrica, Circunscripción Judicial de Guaira. 12. Juzgado de Paz en lo Penal del Segundo Turno de Ybyculí, Circunscripción Judicial de Paraguarí Juzgado de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Paraguarí, Circunscripción Judicial de Paraguarí Traslado y Modificación de Competencia. 13. Juzgado de Paz en lo Penal del Segundo Turno de Carapeguá, Circunscripción Judicial de Paraguarí Juzgado de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Carapeguá, Circunscripción Judicial de Paraguarí Modificación de Competencia. 14. Juzgado Itinerante de Alto Paraná Juzgado Penal de Garantías de San Alberto, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Evangelina Villalba Montania Traslado y Modificación de Competencia. 15. Juzgado Itinerante de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Juan León Mallorquín, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Gloria Liz González Resolución CSJ N° 8.899/21 Traslado y Modificación de Competencia. 16. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Presidente Franco, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Presidente Franco, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Sara Silva Figueredo Ampliación de Competencia. 17. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Juan León Mallorquín, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Presidente Franco, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Cynthia Rossana Pineda Morel Traslado. 18. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Juan León Mallorquín, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Hernandarias, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuyo titular actual es el Magistrado Juan Adalberto Roa Irala. 19. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Santa Rita, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia del Primer Turno de Santa Rita, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Fátima Natalia Huerta Recalde Ampliación de Competencia. 20. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Santa Rita, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuyo titular actual es el Magistrado Julio Alejandro Avalos Crovato Traslado.
21. Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Hernandarias, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Cinthia Ramona Galeano Espínola. 22. Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Presidente Franco, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, cuya titular actual es la Magistrada Juana Teresita Martínez Giménez. 23. Juzgado de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Itá, Circunscripción Judicial de Central Juzgado de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Capiatá, Circunscripción Judicial de Central. 24. Juzgado Penal de Alberdi, Villa Franca y Villa Oliva, Circunscripción Judicial de Ñeembucú Juzgado Penal de Ejecución de Alberdi, Villa Franca y Villa Oliva, Circunscripción Judicial de Ñeembucú Modificación de Competencia. 25. Juzgado Penal de Garantías N° 6 de Saltos del Guaira, Circunscripción Judicial de Canindeyú Juzgado Penal de Garantías N° 2 de Katuete, Circunscripción Judicial de Canindeyú Traslado. 26. Juzgado de Paz del Segundo Turno de Ypehú, Circunscripción Judicial de Canindeyú Juzgado de Paz del Segundo Turno de Curuguaty, Circunscripción Judicial de Canindeyú. 27. Juzgado de Paz de Pindoty Porá, Circunscripción Judicial de Canindeyú Juzgado de Paz de Yvypyta, Circunscripción Judicial de Canindeyú. 28. Juzgado Penal Adolescente de Curuguaty, Circunscripción Judicial de Canindeyú Juzgado Penal de Garantías y Juzgado Penal Adolescente de Curuguaty, Circunscripción Judicial de Canindeyú Resolución CSJ N° 8.899/21 Ampliación de Competencia. 29. Juzgado de Paz de Gaspar Rodríguez de Francia, Circunscripción Judicial de Presidente Rutherford B. Hayes Juzgado de Paz de Remansito, Circunscripción Judicial de Presidente Rutherford B. Hayes Traslado. 30. Juzgado Penal Adolescente y Niñez y Adolescencia, Circunscripción Judicial de Boquerón Juzgado de Primera Instancia Penal Adolescente, Circunscripción Judicial de Boquerón Modificación de Competencia. 31. Juzgado en lo Civil, Comercial, Penal de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de Puerto Casado, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay Juzgado Penal de Garantías y Penal Adolescente, Único Turno de Puerto Casado, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay. 32. Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Puerto Casado, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral, Único Turno de Puerto Casado, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay Traslado. 33. Juzgado Civil y Comercial de Bahía Negra, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay Juzgado Primera Instancia Multifuero de Bahía Negra, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay Modificación de Competencia. 34. Juzgado de Paz de Loreto, Circunscripción Judicial de Concepción Juzgado de Paz de Loreto y Paso Horqueta, Circunscripción Judicial de Concepción Resolución CSJ N° 9.414/22 Ampliación de Competencia. Que, por la Ley N° 7.050/2.023 “Que aprueba el Presupuesto General de Gastos de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2.023”; fueron autorizadas las modificaciones incorporadas en el Proyecto de Presupuesto de la Corte Suprema de Justicia, razón por la cual se reúnen las condiciones para la habilitación de los Juzgados afectados. Que, el Artículo 259° de la Constitución Nacional confiere a la Corte Suprema de Justicia la potestad de superintendencia de todos los organismos del Poder Judicial, debiendo entenderse por ella “la administración o gestión superior en lo público o privado”. (Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio).
Que, por su parte, el Artículo 3° de la Ley N° 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia” refiere que son deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia: “Deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia en pleno:... b) Dictar su propio reglamento interno, las acordadas, y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia”. Por lo tanto, en uso de sus atribuciones; LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerda:
Art. 1
Artículo 1°.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia y Juzgado de Paz, en la Circunscripción Judicial de Concepción, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penales de Sentencias con sede en Concepción, con competencias en territoriales en toda la Circunscripción Judicial;
b) Penales de Sentencias con sede en Horqueta, con competencias en territoriales en toda la Circunscripción Judicial;
- Juzgados de Paz:
c) Único Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Loreto y Paso Horqueta.
Art. 2
Art. 2°.- Dejar sin efecto, la Resolución del Pleno de la Corte Suprema de Justicia N° 9.395/2.022, por la que se dispuso que los Juzgados Penales de Sentencia con sede en Concepción y Horqueta, respectivamente, tengan competencia territorial en toda la Circunscripción Judicial de Concepción, sin perjuicio de sus actuales funciones.
Art. 3
Art. 3°.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia y de Paz, en la Circunscripción Judicial de San Pedro, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de Garantías de la localidad de Santa Rosa del Aguaray;
b) Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Santa Rosa del Aguaray;
c) Niñez y Adolescencia de la localidad de Santa Rosa del Aguaray;
- Juzgados de Paz:
d) Único Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Puerto Ybapobo.
Art. 4
Art. 4°.- Ratificar, la Acordada N° 1.662/2.022, por la que se dispuso que el Juzgado de Paz de Rio Verde, pase a constituirse el Juzgado de Paz del Segundo Turno de Santa Rosa del Aguaray, de la Circunscripción Judicial de San Pedro, estableciendo el sistema de turno de los mismos.
Art. 5
Art. 5°.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia y de Paz, en la Circunscripción Judicial de Cordillera, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la localidad de Caacupé;
b) Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la localidad de Caacupé;
- Juzgados de Paz:
c) Segundo Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Emboscada.
Art. 6
Art. 6°.- Disponer, que el sistema de turnos para ambos Juzgados de Paz de la localidad de Emboscada, Circunscripción Judicial de Cordillera, será por cantidad de expedientes, estableciendo la cantidad de (150) ciento cincuenta por cada turno, iniciando con el Juzgado de Paz del Segundo Turno, a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición.
Art. 7
Art. 7°.- Establecer, que los turnos de ambos Juzgados de Paz señalados en el artículo anterior, para la atención de los casos de Violencia Doméstica serán fijos, conforme al siguiente detalle:
- 1 al 15 de cada mes: Primer Turno;
- 16 al último día de cada mes: Segundo Turno.
Art. 8
Art. 8°.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia, en la Circunscripción Judicial de Guairá, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de Garantías N° 5 de la localidad de Villarrica.
Art. 9
Art. 9°.- Habilitar, los diversos Juzgados de Paz, en la Circunscripción Judicial de Paraguarí, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Paz:
a) Segundo Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Paraguarí;
b) Segundo Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Carapeguá.
Art. 10
Art. 10.- Disponer, que el sistema de turnos para ambos Juzgados de Paz de las localidades de Paraguarí y Carapeguá, respectivamente, de Circunscripción Judicial de Paraguarí, serán por cantidades de expedientes, estableciendo la cantidad de (150) ciento cincuenta por cada turno, iniciando con el Juzgado de Paz del Segundo Turno, a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición.
Art. 11
Art. 11.- Establecer, que los turnos de ambos Juzgados de Paz señalados en el artículo anterior, para la atención de los casos de Violencia Doméstica serán fijos, conforme al siguiente detalle:
- 1 al 15 de cada mes: Primer Turno;
- 16 al último día de cada mes: Segundo Turno.
Art. 12
Art. 12.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia, en la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de Garantías de la localidad de San Alberto;
b) Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Juan León Mallorquín;
c) Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la localidad de Presidente Franco;
d) Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la localidad de Presidente Franco;
e) Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la localidad de Hernandarias;
f) Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia del Primer Turno de Santa Rita;
g) Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia del Primer Turno de Santa Rita;
h) Civil y Comercial del Segundo Turno de la localidad de Santa Rita;
i) Niñez y Adolescencia de la localidad de Hernandarias;
j) Niñez y Adolescencia de la localidad de Presidente Franco.
Art. 13
Art. 13.- Habilitar, un Juzgado de Paz, en la Circunscripción Judicial de Central, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Paz:
a) Segundo Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Capiatá.
Art. 14
Art. 14.- Disponer, que el sistema de turnos para ambos Juzgados de Paz de la localidad de Capiatá, Circunscripción Judicial de Central, será por cantidad de expedientes, estableciendo la cantidad de (150) ciento cincuenta por cada turno, iniciando con el Juzgado de Paz del Segundo Turno, a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición.
Art. 15
Art. 15.- Establecer, que los turnos de ambos Juzgados de Paz señalados en el artículo anterior, para la atención de los casos de Violencia Doméstica serán fijos, conforme al siguiente detalle:
- 1 al 15 de cada mes: Primer Turno;
- 16 al último día de cada mes: Segundo Turno.
Art. 16
Art. 16.- Habilitar, un Juzgado de Primera Instancia, en la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de Ejecución de las localidades de Alberdi, Villa Franca y Villa Oliva.
Art. 17
Art. 17.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia y de Paz, en la Circunscripción Judicial de Canindeyú, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de Garantías N° 2 de la localidad de Katueté;
b) Penal de Garantías y Penal Adolescente de Curuguaty;
- Juzgados de Paz:
c) Segundo Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Curuguaty;
d) Único Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Ybypyta.
Art. 18
Art. 18.- Disponer, que el sistema de turnos para ambos Juzgados de Paz de la localidad de Curuguaty, Circunscripción Judicial de Canindeyú, será por cantidad de expedientes, estableciendo la cantidad de (150) ciento cincuenta por cada turno, iniciando con el Juzgado de Paz del Segundo Turno, a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición.
Art. 19
Art. 19.- Establecer, que los turnos de ambos Juzgados de Paz señalados en el artículo anterior, para la atención de los casos de Violencia Doméstica serán fijos, conforme al siguiente detalle:
- 1 al 15 de cada mes: Primer Turno;
- 16 al último día de cada mes: Segundo Turno.
Art. 20
Art. 20.- Ampliar, la competencia territorial del Juzgado de Paz de Corpus Cristhi, a fin de que abarque el distrito de Pindoty Porá, Circunscripción Judicial de Canindeyú.
Art. 21
Art. 21.- Habilitar, un Juzgado de Paz, en la Circunscripción Judicial de Presidente Rutherford B. Hayes, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Paz:
a) Único Turno en lo Civil y Comercial de la localidad de Remansito.
Art. 22
Art. 22.- Ampliar, la competencia territorial del Juzgado de Paz de Nanawa, a fin de que abarque el distrito de Gaspar Rodríguez de Francia, Circunscripción Judicial de Presidente Rutherford B. Hayes.
Art. 23
Art. 23.- Habilitar, un Juzgado de Primera Instancia, en la Circunscripción Judicial de Boquerón, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de la Adolescencia.
Art. 24
Art. 24.- Habilitar, los diversos Juzgados de Primera Instancia, en la Circunscripción Judicial de Alto Paraguay, en virtud a la promulgación de la Ley N° 7.050/2.023, conforme al siguiente detalle:
- Juzgados de Primera Instancia:
a) Penal de Garantías y Penal Adolescente, Único turno de la localidad de Puerto Casado;
b) Civil, Comercial y Laboral, único turno de la localidad de Puerto Casado;
c) Multifuero, único turno de la localidad de Bahía Negra.
Art. 25
Art. 25.- Disponer, que cada Consejo de Administración de las Circunscripción Judiciales afectadas en los Artículos 1° al 24°, coordinen la distribución equitativa de los expedientes actualmente obrantes en los Juzgados afectados, cuyo detalle forma parte de la presente Acordada como Anexo.
Art. 26
Art. 26.- Comunicar la presente disposición al Consejo de la Magistratura, a los efectos de ajustar las denominaciones de los Juzgados para las eventuales convocatorias a concursos.
Art. 27
Art. 27.- Establecer que la presente Acordada, entrará en vigencia a partir del 01 de febrero del año en curso, a los efectos que los Presidentes de cada Consejo de Administración de las Circunscripciones Judiciales afectadas, realicen los trámites y las medidas pertinentes que hagan efectiva la aplicación de la presente disposición.
Art. 28
Art. 28.- Anotar, registrar y notificar.
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