POR EL CUAL SE INCORPORA EL PROYECTO COSTANERA SUR A LOS PROYECTOS PRIORITARIOS DEL PLAN ANUAL DE INVERSION PUBLICA DE LA LEY N° 5396/2015, "QUE MODIFICA LA LEY N° 1302/1998 "QUE ESTABLECE MODALIDADES Y CONDICIONES ESPECIALES Y COMPLEMENTARIAS A LA LEY N° 1045/1998 "QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE OBRAS PUBLICAS", MODIFICADO Y AMPLIADO POR LA LLEY N° 5074/2013
VigenteDECRETO2016MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/0EZM
Obra pública -- Incorporación del Proyecto Costanera Sur a los Proyectos Prioritarios del Plan Anual de Inversión Pública de la Ley 5396/2015 (PLN).
VISTO: La presentación realizada ante el Ministerio de Hacienda por el Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones, mediante la cual se solicita la actualización del listado de Proyectos Prioritarios dentro del Plan Anual de Inversión Pública (PAIP). La Ley N° 5074/2013, "Que modifica y amplía la Ley N° 1302/1998 "Que establece modalidades y condiciones especiales y complementarias a la Ley N° 1045/1983 "Que establece el Régimen de Obras Publicas ". El Decreto N° 1434/2014, "Por el cual se reglamenta la Ley N° 5074/2013 "Que modifica y amplia la Ley N° 1302/1998 "Que establece modalidades y condiciones especiales y complementarias a la Ley N° 1045/1983 "Que establece el Régimen de Obras Públicas ". El Decreto N° 2283/2014, "Por el cual se establecen los Proyectos Prioritarios del Plan Anual de Inversión Pública a ser desarrollados bajo la modalidad de financiamiento establecida en la Ley N° 5074/2013 ". La Ley N° 5396/2015, "Que modifica la Ley N° 1302/1998 "Que establece modalidades y condiciones especiales y complementarias a la Ley N° 1045/1983, "Que establece el Régimen de Obras Publicas", modificado y ampliado por La Ley N° 5074/20I 3" (Expediente MR 96.I95/2015);y CONSIDERANDO: Que en virtud de las Leyes N°s. 5074/2013 y 5396/2015 se ha ampliado el régimen de obras públicas, estableciendo la modalidad de licitación con financiamiento avaladas con garantía soberana del Estado paraguayo, en el marco de las Leyes N°s. I535/I999, "De Administración Financiera del Estado", y 2051/2003, "De Contrataciones Públicas ", y sus reglamentaciones. Que el Artículo 8° del Decreta N° 1434/2014, faculta al Poder Ejecutivo a establecer un Plan Anual de Inversión Pública (PAIP) que contendrá el listado de proyectos priorizados sujetos al régimen establecido por la Ley N° 5074/2013, pudiendo el Equipo Económico Nacional (EEN) sugerir al Poder Ejecutivo la actualización periódica del PAIP. Que el Equipo Económico Nacional por Acta N° 95, del 23 de diciembre de 2015, ha solicitado incluir el proyecto Costanera Sural Plan Anual de Inversión Pública (PAIP). Que la licitación con financiamiento representa una modalidad alternativa y novedosa de financiamiento para el desarrollo de infraestructuras en nuestro sistema legal y administrativo. Que el Gobierno Nacional ha identificado la necesidad de incorporar otro proyecto prioritario a lo aprobado en el Decreta N° 2283/2014, conforme con los lineamientos del Plan Anual de Inversión Publica (PAIP). Que el proyecto Costanera Sur se enmarca dentro de las obras a favor de los pobladores de la franja costera individualizada en la Ley N° 5396/2015, para lo cual se debe realizar la recuperación de hasta 113 hectáreas en el barrio Bañado Tacumbú para la construcción de hasta 5000 viviendas y el acceso al mismo con la construcción de 7,8 km de Avenida, que se denominara Costanera Sur. Que el Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC) considera que el proyecto Costanera Sur es una necesidad imperante para el mejoramiento y la dignificación de las condiciones de vivienda de los pobladores del Bañado Sur y, que además, facilitara el acceso a la ciudad desde el sector sur, el cual esta específicamente contemplado en el Articulo 1°, párrafo antepenúltimo, de la Ley N° 5396/2013, para cuya concreción se estima una inversión de doscientos veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 220.000.000.-). Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N° 1105, del 29 de diciembre de 2015, y recomendó la aprobación del Proyecto de Decreto, expresando que el mismo reúne las formalidades legales. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Actualizase e incorporase al listado de Proyectos Prioritarios del Plan Anual de Inversión Pública (PAIP), aprobado en el Anexo al Decreto N° 2283/2014, el proyecto "Costanera Sur", en el marco de lo dispuesto en los Artículos 8° del Decreto N° 1434/2014 y 2° del Decreto N° 2283/2014, respectivamente.
Art. 2
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda y de Obras Publicas y Comunicaciones.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.