POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL LA RESOLUCIÓN DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 01/21, «ACTUALIZACIÓN NÓMINA DE LOS ORGANISMOS COORDINADORES EN EL ÁREA DE CONTROL INTEGRADO (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 20/09)».
VigenteDECRETO2022MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/GEYWDA
Mercosur -- Incorporación al ordenamiento jurídico nacional la Resolución Nº 01/21 del Grupo Mercado Común del Mercosur.
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Hacienda, individualizada como Expediente SIME M.H. N° 92.537/2022, a través de la cual se solicita la incorporación de la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 01/21, al ordenamiento jurídico nacional; La Ley N° 109/1991 «Que aprueba con modificaciones el Decreto - Ley N° 15, de fecha 8 de marzo de 1990, “Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda”», modificada y ampliada por la Ley N° 4394/2011; La Ley N° 9/1991 «Que aprueba el Tratado de Asunción, para la Constitución de un Mercado Común, firmado el 26 de marzo de 1991, entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay», con instrumento de ratificación depositado el 6 de agosto de 1991; La Ley N° 260/1993 «Que aprueba el Protocolo de Adhesión de la República del Paraguay al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)», suscrito en Ginebra, Suiza, el 1 de julio de 1993, con instrumento de ratificación depositado el 7 de diciembre de 1993; La Ley N° 444/1994 «Que ratifica el Acta Final de la Ronda de Uruguay del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)», con instrumento de ratificación depositado el 30 de noviembre de 1994; La Ley N° 596/1995 «Que aprueba el Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERC SUR Protocolo de Ouro Preto», con instrumento de ratificación depositado el 12 de setiembre de 1995; La Ley N° 2422/2004 «Código Aduanero»; El Decreto N° 7876/2006, «Por el cual se dispone la vigencia en la República del Paraguay de las Decisiones N° 4/00 “Acuerdo de Recife” y N° 5/00 “Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Recife”, adoptadas por el Consejo del Mercado Común del MERCOSUR»; El Decreto N° 6046/2021 «Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 20/09, “Nómina y Reglamento Administrativo de los Organismos Coordinadores en el Área de Control Integrado (derogación de la Resolución GMC N° 03/95)”»; La Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 01/21, «Actualización Nómina de los Organismos Coordinadores en el Área de Control Integrado (Modificación de la Resolución GMC N° 20/09)»; La Minuta N° 05/2022, aprobada por la Sección Nacional del Grupo Mercado Común del MERCOSUR; y Considerando: Que la República del Paraguay es Estado Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR). Que el artículo 1° de la Ley N° 2422/2004 establece que la Dirección Nacional de Aduanas es la institución encargada de aplicar la legislación aduanera, recaudar los tributos a la importación y a la exportación, fiscalizar el tráfico de mercaderías por las fronteras y aeropuertos del país, ejercer sus atribuciones en zona primaria y realizar las tareas de represión del contrabando en zona secundaria. Que el artículo 2° de la Ley N° 2422/2004 establece que la Dirección Nacional de Aduanas es un órgano del Estado, de carácter autónomo e investido de personal ad jurídica de derecho público y patrimonio propios que se relaciona con el Poder Ejecutivo a través la máxima autoridad del Ministerio de Hacienda. Que la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 01/21 sustituye el Anexo I «Nómina de Organismos Coordinadores de los Estados Partes»: de la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 20/09. Que resulta necesario incorporar al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 01/21 «Actualización Nómina de los Organismos Coordinadores en el Área de Control Integrado (Modificación de la Resolución GMC N° 20/09)». Que la Sección Nacional del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, en su reunión del 22 de abril de 2022, aprobó el proyecto del presente decreto, según Minuta N° 05/2022.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente en los términos del Dictamen N° 521, de fecha 24 de junio de 2022. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°.- Incorporase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 01/21, «Actualización Nómina de los Organismos Coordinadores en el Área de Control Integrado (Modificación de la Resolución GMC N° 20/09)», cuyo texto forma parte como nexo de este decreto.
Art. 2
Art. 2°.- Encargase a la Dirección Nacional de Aduanas, así como las demás reparticiones públicas vinculadas a los temas reglamentados en el presente decreto, a dar cumplimiento a lo establecido en el mismo.
Art. 3
Art. 3°.- El presente decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda, de Industria y Comercio y de Relaciones Exteriores.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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