POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN DIRECTORIO N°30/2001 DE FECHA 11.01.2001 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO FIJO INALÁMBRICO MULTIPUNTO (SERFIM) Y LA RESOLUCIÓN DIRECTORIO N° 209/2001 DE FECHA 16.03.2001 QUE ESTABLECE EL ARANCEL POR USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA EL SERVICIO FIJO INALÁMBRICO MULTIPUNTO (SERFIM), Y SE ESTABLECEN DIRECTRICES PARA LA ASIGNACIÓN DE BANDAS DE FRECUENCIAS.
VigenteRESOLUCION2023COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONESPY/LEGI/CLYC65
Comisión Nacional de Telecomunicaciones -- Derogación de la Resolución Directorio N° 30/01 y de la Resolución Directorio N° 209/01 -- Directrices para la asignación de bandas de frecuencias.
Visto: La Ley N° 642/95 de Telecomunicaciones; el Plan Nacional de Telecomunicaciones (PNT) 2021- 2025; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) de noviembre del 2021; la Resolución Directorio N° 30/2001 de fecha de fecha 11.01.2001; la Resolución Directorio N° 209/2001 de fecha 16.03.2001; la Resolución Directorio N° 2123/2019 de fecha 12.09.2019; la Resolución Directorio N° 2538/2021 de fecha 03.11.2021; el Interno GST N° 21/2021 de fecha 11.11.2021; el Dictamen AL N° 163/2023 de fecha 26.01.2023 y la Providencia GST N° 111/2023 de fecha 01.02.2023 de la Gerencia de Servicios de Telecomunicaciones; Considerando: Que, en la Ley N° 642/95 de Telecomunicaciones se establece en su artículo 2, lo siguiente: “Art. 2 Las disposiciones que reglamenten las telecomunicaciones, en sus distintas formas y modalidades, deberán asegurar la igualdad de oportunidades para el acceso al aprovechamiento del espectro radioeléctrico”; Que, el Plan Nacional de Telecomunicaciones (PNT) 2021-2025 establece que los derechos de licencias para servicios de telecomunicaciones que se prestan mediante el empleo de espectro radioeléctrico, el método más objetivo para determinar el derecho de licencia es el enfoque competitivo, por medio de licitaciones combinadas con subastas, de modo a otorgar el espectro radioeléctrico de manera más eficiente; Que, el Plan Nacional de Telecomunicaciones (PNT) 2021-2025 establece que para obtener licencia para los Sistemas IMT que se utilizarán para la prestación de los Servicios de Acceso a Internet y Transmisión de Datos, debe haber una etapa de competencia por medio de subastas; Que, en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) de noviembre del 2021 se expone que el espectro radioeléctrico es un recurso natural limitado, por lo cual, la utilización de las bandas de frecuencias radioeléctricas en servicios de radiocomunicaciones debe ser realizada en forma racional, eficaz y económica, permitiendo el acceso equitativo a todos los interesados y considerando todas las diversas necesidades que pudieran existir; Que, por Resolución Directorio N° 30/2001 de fecha 11.01.2001, se aprueba el Reglamento del Servicio Fijo Inalámbrico Multipunto (SERFIM) y se incluye el mismo en los servicios de valor agregado; Que, por Resolución Directorio N° 209/2001 de fecha 16.03.2001 se establece el arancel por uso del espectro radioeléctrico para el Servicio Fijo Inalámbrico Multipunto (SERFIM); Que, por Resolución Directorio N° 2123/2019 de fecha 12.09.2019 se modifica el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias de la República del Paraguay y se determinan bandas de frecuencias para uso de Sistemas IMT; Que, por la Resolución Directorio N° 2538/2021 de fecha 03.11.2021 se establece el uso para Sistemas IMT de las bandas de frecuencias 450 - 470 MHz, 1427 - 1518 MHz, 2300 - 2400 MHz, 2500 - 2690 MHz, 3300 - 3400 MHz, 4800 - 4900 MHz y 24,25 - 27,5 GHz destinadas para el Servicio Móvil a título primario; se modifica el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) de la República del Paraguay con la adición de las notas nacionales PRG-18, PRG-32, PRG-45, PRG-42, PRG-52AA, PRG-74 y PRG-75, la modificación de las Notas PRG-25, PRG-32 y PRG-49 y la supresión de las Notas PRG-42 y PRG-47; y se deja sin efecto la Resolución Directorio N° 922/2000; Que, por Interno GST N° 21/2021 de fecha 11.11.2021, la Gerencia de Servicios de Telecomunicaciones solicita a la Asesoría Legal el dictamen sobre la factibilidad de dejar sin efecto la Resolución Directorio N° 30/2001 y la Resolución Directorio N° 209/2001; Que, por Dictamen AL N° 163/2023 de fecha 26.01.2023, la Asesoría Legal concluye diciendo que podrían dejarse sin efecto la Resolución Directorio N° 30/2001 que aprueba el Reglamento de SERFIM y la Resolución Directorio N° 209/2001 referente a las disposiciones de pago de arancel de SERFIM;
Que, por Providencia GST N° 111/2023 de fecha 01.02.2023, la Gerencia de Servicios de Telecomunicaciones teniendo en cuenta los antecedentes del Servicio Fijo Inalámbrico Multipunto (SERFIM), la Ley N° 642/95, el Plan Nacional de Telecomunicaciones (PNT) y el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), ha decidido presentar al Directorio un proyecto de resolución al respecto; Por tanto: El Directorio de la CONATEL, en sesión ordinaria del 08 de febrero de 2023, Acta N° 06/2023, y de conformidad a las disposiciones legales previstas en la Ley 642/95 de Telecomunicaciones. Resuelve
Art. 1
Artículo 1°.- Derogar la Resolución Directorio N° 30/2001 de fecha 11.01.2001 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO FIJO INALÁMBRICO MULTIPUNTO Y SE INCLUYE EL MISMO DENTRO DE LOS SERVICIOS DE VALOR AGREGADO” y dejar sin efecto dicho reglamento.
Art. 2
Art. 2°.- Derogar la Resolución Directorio N° 209/2001 de fecha 16.03.2001 “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL ARANCEL POR USO DEL ESPECTRO REDIOELÉCTRICO PARA SERVICIO FIJO INALÁMBRICO MULTIPUNTO”.
Art. 3
Art. 3°.- Establecer que las bandas de frecuencias 3400 MHz a 3700 MHZ y la Banda 24,25 GHz a 27,5 de GHZ, atribuidas a los servicios móviles a título primario y que serán utilizadas como componente terrenal para Sistemas IMT deberán ser asignadas según un enfoque competitivo, por medio de licitaciones combinadas con subastas.
Art. 4
Art. 4°.- Publicar en la Gaceta Oficial.
Art. 5
Art. 5°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.