RESOLUCION 54/2003 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2003/06/03 • PY/LEGI/0876
VigenteRESOLUCION2003DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/0876
Sub Administración de Aduana - Habilitación - Dependiente de la Administración de Aduana de Ciudad del Este.
VISTO: El Decreto Nº 17.003 de fecha 24 de abril del 2002, "POR EL CUAL SE APRUEBA EL RESULTADO DE LA LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº 01/2002 SEGUNDO LLAMADO, PARA LA CONCESION DE ZONAS FRANCAS COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN EL DEPARTAMENTO DEL ALTO PARANA Y SE AUTORIZA LA FIRMA DE CONTRATOS CORRESPONDIENTES". El Art. 285 incisos b), e) y g) de la Ley Nº 1.173/85 - "CODIGO ADUANERO", el Decreto Nº 20.388 de fecha 18 de febrero del 2003, por el cual se nombra Director General de Aduanas; el Decreto Nº 20.748 de fecha 31 de marzo del 2003, por el cual se modifica el Artículo 1º del Decreto Nº 20.388/2003; y la Resolución D.G.A. Nº 29 de fecha 27 de marzo del 2003; y CONSIDERANDO: Que la referida empresa ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos para la habilitación de una Zona Franca en el departamento del Alto Paraná de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 523/95 y su Decreto Reglamentario Nº 15.554/96. Que habiéndose previsto, según informe de la Empresa concesionaria, el local para el funcionamiento de las Oficinas dependientes de la Dirección General de Aduanas en la citada Zona Franca, conforme se establece en la referida disposición reglamentaria, corresponde dictar la Resolución respectiva al efecto señalado. Por tanto, en mérito a las consideraciones expuestas, y en uso de sus atribuciones, EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º. - Habilitar una Subadministración de Aduana dependiente de la Administración de Aduana Ciudad del Este, en la Zona Franca concedida a la Firma TRANS TRADE S.A. & ASOCIADOS, ubicada en el Km. 10,5 de Ciudad del Este, capital del departamento del Alto Paraná.
Art. 2
Art. 2º. - La Subadministración de Aduana habilitada por el Artículo anterior estará estructurada de la siguiente manera:
Subadministración,
Sección Registro,
Sección Visturía,
Sección Inspección,
Servicio Local de Valoración,
Sección Caja,
Sección Contraloría,
Sección Resguardo, y
Sistema Informático SOFIA.
Art. 3
Art. 3º. - La dotación de Funcionarios a ser afectados a la Subadministración de Aduana cuya estructura se define en el Artículo anterior, estará integrada de la siguiente manera:
Subadministrador: Jesús María Segovia Flores
Auxiliar Sección Registro: Juan Rafael Silva Sanabria
Vista de Aduana: Fernando Machuca Corvalán
Inspector de Aduana: Amadeo Valenzuela Chamorro
Técnico Valorador: Gustavo Regis Coronel Zárate
Auxiliar Sección Caja: Carlos Jorge Vaccaro Vallejos
Auxiliar Sección Contraloría: Cecilio Núñez Saldívar
Jefe de Sección Resguardo: Cándido Cubilla Pereira
Oficial Guarda: Antoliano Villamayor Núñez.
Art. 4
Art. 4º. - La Subadministración de Aduana habilitada por esta Resolución elevará un informe mensual a la Administración de Aduana de Ciudad del Este, con el detalle pormenorizado del movimiento operacional de la Subadministración, el cual con las sugerencias y las observaciones que estime pertinentes la Administración de Aduana de Ciudad del Este elevará a esta Dirección General de Aduanas sin más trámite.
Art. 5
Art. 5º. - Encargar a la Administración de Aduana de Ciudad del Este, en los casos que sean necesarios, la designación de los Recursos Humanos para la atención del Servicio Aduanero en la Subadministración de Aduana habilitada en el Artículo 1º de la presente Resolución, por Orden de Servicio y con Visto Bueno de esta Dirección General de Aduanas.
Art. 6
Art. 6º. - Comunicar a quienes corresponda, y cumplida, archivar. - Inocencio Fretes Morán.