MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN.
VigenteRESOLUCION2004GRUPO MERCADO COMUNPY/LEGI/D6CIVJ
Mercosur -- Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 7/94 y 22/94 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 60/00 y 65/01 del Grupo Mercado Común. CONSIDERANDO: Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera. EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1
Art. 1 – Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común”, en sus versiones en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2 – La presente Resolución sustituye parcialmente las modificaciones de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) aprobadas por las Resoluciones GMC Nº 5/04 y 18/04.
Art. 3
Art. 3 - Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 01/I/05, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales antes de esa fecha.
LVI GMC – Rio de Janeiro, 26/XI/04
ANEXO
SITUACIÓN
ACTUAL
MODIFICACIÓN
APROBADA
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC
%
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC%
8429.52.90
Las demás
14BK
8429.52.20
8429.52.90
Infraestructuras motrices, aptas para montarles
aparatos de las subpartidas 8430.49, 8430.61 u 8430.69, incluso con
dispositivo para el desplazamiento sobre vías férreas
Las demás
0BK
14BK
9022.19.90
Los demás
14BK
9022.19.9
Los demás
9022.19.91
De los tipos utilizados para inspección de
equipaje, con túnel de altura inferior o igual a 0,4m, ancho inferior o igual
a 0,6m y longitud inferior o igual a 1,2m
14BK
9022.19.99
Los demás
0BK