POR EL CUAL SE DISPONE LA APERTURA DEL CONSULADO HONORARIO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y SE NOMBRA AL SEÑOR RICARDO DEVIS BOTELLA COMO CÓNSUL HONORARIO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, CON SEDE EN LA CIUDAD DE BILBAO, REINO DE ESPAÑA, CON CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULAR EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.
VigenteDECRETO2024MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPY/LEGI/XBTGR7
Consulado -- Apertura de consulado honorario -- Nombramiento de cónsul.
Visto: La Nota EP/ESP/1/N° 057/2022 del 21 de febrero de 2022, de la Embajada de la República del Paraguay en el Reino de España, referente a la propuesta de apertura de un Consulado Honorario en el País Vasco, y la Nota EP/ESP/1/N° 171/2023 del 30 de marzo de 2023, mediante la cual comunicó que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España otorgó el consentimiento para la designación del señor Ricardo Devis Botella como Cónsul Honorario de la República del Paraguay con sede en la ciudad de Bilbao, Reino de España, con circunscripción consular en la Comunidad Autónoma del País Vasco; y Considerando: Que el artículo 238, numeral 7), de la Constitución establece que es atribución de quien ejerce la Presidencia de la República el manejo de las relaciones exteriores del Estado. Que la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963 determina lo referente al establecimiento y ejercicio de las relaciones consulares, siendo aplicables a este caso las normas contenidas en los artículos 10, 11, 12 y 68 del referido instrumento internacional. Que el artículo 56 (in fine) de la Ley N° 6935/2022, “Del Servicio Diplomático y Consular de la República del Paraguay”, establece que el Poder Ejecutivo podrá designar cónsules honorarios. Que la apertura del Consulado Honorario de la República del Paraguay, con sede en la ciudad de Bilbao, Reino de España, con circunscripción consular en la Comunidad Autónoma del País Vasco responde a los intereses estratégicos del Gobierno paraguayo y a los lineamientos de la política exterior de la República. Por tanto, en ejercicio de sus facultades constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°.- Dispónese la apertura del Consulado Honorario de la República del Paraguay, con sede en la ciudad de Bilbao, Reino de España, con circunscripción consular en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Art. 2
Art. 2°.- Nombrase al señor Ricardo Devis Botella como Cónsul Honorario de la República del Paraguay, con sede en la ciudad de Bilbao, Reino de España, con circunscripción consular en la Comunidad Autónoma del País Vasco y expídesela la correspondiente Carta Patente.
Art. 3
Art. 3°.- Refréndese por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.