ORDENANZA 74/2003 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2003/04/02 • PY/LEGI/03L1
VigenteORDENANZA2003JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/03L1
Reglamento General de Tránsito - Modificación del art. 150 de la Ordenanza N° 21/94.
VISTO: El dictamen de la Comisión de Seguridad y Tránsito, con relación a la gran cantidad de peticiones realizadas por nuestros conciudadanos para acceder a un sitio reservado para estacionamiento vehicular en la ciudad; y CONSIDERANDO: Que, las condiciones que establece el Art. Nº 150, de la Ordenanza Nº 21/94 "Reglamento General de Tránsito", han motivado protestas por parte no solamente de los recurrentes, sino de los propios concejales, quienes oportunamente opinaron sobre la necesidad de reglamentar esa figura, con un criterio adecuado a la realidad actual del parque automotor, especialmente en el microcentro. Que, en razón a ello, este Cuerpo Legislativo ha estudiado con detenimiento las argumentaciones, tanto de aquellos que no están de acuerdo en que se concedan los espacios reservados para estacionamiento, como la de quienes observan la conveniencia de realizarlo. Que, ambas posiciones tienen validez, e indudablemente ha sido una tarea difícil para los miembros de la Comisión Asesora Dictaminante enunciar un proyecto que contenga ambas posturas. Que, sobre el particular, la argumentación más sólida y que ha impulsado a mocionar a que se sigan concediendo los espacios reservados, es la numerosa cantidad de peticiones presentadas a lo largo del año 2002 y parte del año 2003, hecho este que refleja con claridad que conceder ese derecho es más que un privilegio, una necesidad. Que, tampoco anima el criterio de permitir que se confieran de modo indiscriminado los sitios citados, en detrimento de quienes por uno u otro motivo deban realizar tal maniobra vehicular en nuestra ciudad. Que, por este motivo, se ha buscado reglamentar los permisos de modo equitativo, precautelando los derechos de todos los ciudadanos en general; y en tal sentido, se recomienda modificar el Art. 150 de la Ordenanza Nº 21/94 "Reglamento General de Tránsito". POR TANTO, LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1º. - Modificar el Art. Nº 150, de la Ordenanza Nº 21/94 "Reglamento General de Tránsito", sustituyéndolo por el siguiente texto:
Art. 150. La Intendencia Municipal concederá, con acuerdo de la Junta Municipal, espacios reservados para el estacionamiento de vehículos, debiéndose observar las siguientes condiciones:
a. Se respetarán todas las disposiciones referidas a las normas de estacionamiento establecidas por el presente Reglamento.
b. Los permisos serán por escrito, la concesión será por el plazo máximo de un año y caducará el 31 (treinta y uno) de diciembre de cada año, indefectiblemente.
c. Las tarifas o cánones serán definidos anualmente por Ordenanza.
d. En el microcentro comprendido por las calles Jejuí, Rca. de Colombia, Brasil, España, Tacuary, Mcal. López, México, Bahía de Asunción, Don Bosco, se concederá un solo espacio reservado, en cada acerca de cada cuadra.
e. Para el resto de la ciudad, la cantidad de estacionamientos reservados no será mayor al 10% (diez por ciento) del total de plazas disponibles para cada cuadra.
f. La misma persona física o jurídica no podrá usufructuar más de un (1) espacio reservado por año.
Art. 2
Art. 2º. - Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los dos días del mes de abril del año dos mil tres. - José María Oviedo V. - Nilda Romero Santacruz.