CIRCULAR 7/2025 • DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS (D.N.C.P.) • • PY/LEGI/NZ7ROW
VigenteCIRCULAR2025DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/NZ7ROW
Contrataciones del Estado -- Procedimiento de contratación bajo la modalidad ad referéndum.
DIRIGIDA A LAS UNIDADES OPERATIVAS DE CONTRATACIÓN (UOC), SUB UNIDADES OPERATIVAS DE CONTRATACIÓN (SUB UOC), UNIDADES EJECUTORAS DE PROYECTOS (UEP) DE LOS ORGANISMOS, ENTIDADES DEL ESTADO, SOCIEDADES ANÓNIMAS EN LAS QUE EL ESTADO SEA SOCIO MAYORITARIO, MUNICIPALIDADES Y PROVEEDORES
De conformidad con la Circular DGP N° 04/25 del Ministerio de Economía, conforme a lo establecido en el Artículo 387 del Anexo A del Decreto 3248/2025 y el Artículo 44 de la Ley N° 7021/2022, se comunica que, para el inicio del procedimiento de contratación bajo la modalidad Ad Referéndum, se deberá contar con la autorización respectiva del Viceministerio de Administración Financiera (VAF).
Las solicitudes de autorización deberán ser presentadas en la mesa de entrada institucional del MEF, firmada por la Máxima Autoridad Institucional del OEE solicitante. La nota deberá contener la siguiente información:
1. Solicitud expresa de autorización para el inicio del procedimiento de contratación Ad Referéndum.
2. Denominación del llamado.
3. Detalle de los bienes o servicios a ser adquiridos.
4. Número de ID del llamado.
5. Estructura Presupuestaria detallada al mínimo nivel afectada al llamado.
6. Créditos presupuestarios requeridos.
7. Número de Expediente de modificación presupuestaria vinculada al llamado previamente formulada ante el MEF.
Una vez verificado el cumplimiento de los requerimientos previstos en la “Nota Estándar de Solicitud de Autorización para Contratación Ad Referéndum”, el VAF emitirá la nota de autorización que será comunicada a la peticionante.
La Circular DGP N° 04/25 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA INICIO DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN AD REFERÉNDUM EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 387 DEL ANEXO A DEL DECRETO 3248/2025 Y EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY N° 7021/2022” se encuentra publicada en el portal de Contrataciones Públicas en Marco Legal: “Tipo de Norma - Documento de Interés”.
Se adjunta en el anexo de la presente circular la nota estándar de solicitud de autorización para contratación Ad Referéndum.
[imagen]