POR EL CUAL SE NOMBRA AL SEÑOR VÍCTOR EDUARDO INSFRÁN DIETRICH, COMO MIEMBRO TITULAR DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL (IPS), EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES ASEGURADOS.
VigenteDECRETO2023MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALPY/LEGI/GY6FQH
Instituto de Previsión Social -- Nombramiento del señor Víctor Eduardo Insfrán Dietrich como Miembro Titular del Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS) en representación de los trabajadores asegurados.
Visto: La Nota MTESS N° 159/2023, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por la cual se eleva la terna de postulantes y se solicita el nombramiento del representante titular ante el Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS), en representación de los trabajadores asegurados; y Considerando: Que el artículo 238, numeral 6) de la Constitución Nacional faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a nombrar y remover por sí a los funcionarios de la administración pública. Que la Ley N° 98/1992, “Que establece el Régimen Unificado de Jubilaciones y Pensiones y modifica las disposiciones del Decreto-Ley N° 1860/50, aprobado por la Ley N° 375/1956 y las Leyes Complementarias N° 537, del 20 de setiembre de 1958, N° 430, del 28 de diciembre de 1973, y N° 1286, del 4 de diciembre de 1987”, estipula en su artículo 7° que el Consejo de Administración está compuesto por un Presidente y cinco Consejeros Titulares, entre estos, un representante de los trabajadores asegurados. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°.- Nombrase al señor Víctor Eduardo Insfrán Dietrich, con cédula de identidad civil número 425.771, como Miembro Titular del Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS) en representación de los trabajadores asegurados, en reemplazo del señor Gustavo Ramón Arias.
Art. 2
Art. 2°.- Refréndese por la Ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.