RESOLUCION 76/2003 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2003/07/24 • PY/LEGI/0808
VigenteRESOLUCION2003DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/0808
Aduana - Sub Administración de Aduana dependiente de la Administración de Aduanas de ciudad del Este - Habilitación.
VISTO: El Decreto N° 17.003 de fecha 24 de abril del 2002 "por el cual se aprueba el resultado de la Licitación Pública Nacional Nº 01/2002 segundo llamado, para la concesión de Zonas Francas Comerciales y de Servicios en el departamento del Alto Paraná y se autoriza la firma de contratos correspondientes". El artículo 285 inciso b), e) y g) de la Ley N° 1.173/85 - "Código Aduanero", el Decreto N° 20.388 de fecha 18 de febrero de 2003, por el cual se nombra Director General de Aduanas, el Decreto N° 20.748 de fecha 31 de marzo de 2003, por el cual se modifica el artículo 1 del Decreto N° 20.388/2003; y, CONSIDERANDO: Que la referida empresa ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos para la habilitación de una Zona Franca en el Departamento del Alto Paraná de conformidad a lo establecido en la Ley N° 523/95 y su Decreto Reglamentario N° 15.554/96. Que habiéndose previsto, según informe de la Empresa concesionaria, el local para el funcionamiento de las Oficinas dependientes de la Dirección General de Aduanas en la citada Zona Franca, conforme se establece en la referida disposición reglamentaria, corresponde dictar la Resolución respectiva al efecto señalado. POR TANTO: en mérito a las consideraciones expuestas, y en uso de sus atribuciones; EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1.- Habilitar una Sub Comisión de Aduana dependiente de la Administración de Aduana Ciudad del Este, en la Zona Franca concedida a la Firma GLOBAL, ubicada en el Km 4,5 de la Supercarretera Mariscal Francisco Solano López, Barrio Santa Ana de Ciudad del Este, Capital del Departamento del Alto Paraná.
Art. 2
Artículo 2.- Designar en carácter de Sub Administrador de la Sub Administración de Aduana en la Zona Franca concedida a la Firma GLOBAL, al señor OSCAR MAURICIO ALVAREZ COLMÁN.
Art. 3
Artículo 3.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplida, archivar.
Director General de Aduanas Abog. Inocencio Fretes Morán.