POR LA CUAL SE AMPLIA EL PLAZO DE PRESENTACION DE LOS FORMULARIOS B- 02-01-A y B-02-01-B "DECLARACION JURADA DE COMPROMISOS EMITIDOS Y NO OBLIGADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013", PARA LA REGULARIZACION DE COMPROMISOS DE GASTOS NO OBLIGADOS, AFECTADOS AL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR
VigenteRESOLUCION2014DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0E67
Declaración Jurada -- Ampliación del plazo de presentación de los Formularios b- 02-01-A y B-02-01-B "Declaración Jurada de Compromiso
VISTO La Ley 5.142/13 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2014"; Decreto N° 1.100/14 "Por el cual se Reglamenta la Ley N° 5.142/13 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2014"; El artículo 1°, 4°, 5° 20°, 22° y concordante de la Ley N° 2051/03 de "Contrataciones Públicas", Los artículos 1°, 3°, 4°, 5° de la Ley 3.439/07, CONSIDERANDO: Que, el artículo 24 de la Ley 5.142/13 establece que: "La obligación es un vínculo jurídico financiero entre un Organismo o Entidad del Estado y una persona física o jurídica. En materia de provisión de Bienes, Obras y Servicios la obligación se consolida con la entrega efectiva a satisfacción del bien o servicio debidamente documentado". Que, el artículo 25 del mismo cuerpo legal dispone: "A los efectos del cierre del ejercicio, en el marco de lo establecido en el artículo 28 de la Ley N° 1.535/99 "DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO", constituirán: a) Compromisos afectados del ejercicio anterior: Los compromisos afectados a los créditos presupuestarios al cierre del Ejercicio Fiscal 2013 y anteriores no registrados como obligaciones, cuyos bienes, servicios u obras han sido proveídos en ejecución del contrato respectivo que cuentan con documentos respaldatoríos de las operaciones realizadas que podrán ser afectadas en el mismo objeto del gasto del Presupuesto 2014 de la Entidad, conforme a los procedimientos de forma de control interno previo, contables y presupuestados, que serán establecidos en la reglamentación de la Ley.... Estas obligaciones podrán ser atendidas de acuerdo con las disponibilidades de créditos presupuestarios previstos en el Presupuesto vigente aprobado por la presente Ley, o a través de modificaciones presupuestarias (transferencias de créditos, ampliaciones, etc.), solicitadas por los Organismos y Entidades del Estado (OEE), acompañado por el informe y dictamen de la auditoría institucional, conforme a los procedimientos de forma de control interno previo, contables y presupuestarios que serán establecidos en la reglamentación de la presente Ley". Que, el artículo 61 del Decreto N° 1.100/14, en el inciso "e.5) Las Entidades deberán remitir en carácter de Declaración Jurada, hasta el último día hábil del mes de junio de 2014 a la DNCP de acuerdo a los Formularios B-02-01-A y B-02-01-B, Declaraciones Juradas de Compromisos de Contrataciones, dispuesto por el presente Decreto, cuyo plazo podrá ser ampliado por Resolución de la DNCP, en casos debidamente justificados previo informe de la Auditoría Interna Institucional (All) de los respectivos OEE". Que, el artículo 277 del Decreto N° 1.100/14, reglamenta el procedimiento para la regularización de Compromisos de Gastos no Obligados afectados al Presupuesto del ejercicio fiscal anterior o ejercicios fiscales anteriores, y en la norma se establece que: "las Entidades deberán remitir a la DNCP la "Declaración Jurada de Compromisos de Contrataciones emitidos y no obligados al 31 de diciembre de 2013", conforme al Formulario B-02-01-A hasta el último día hábil del mes de junio de 2014 para los siguientes casos: a) los CC emitidos que no fueron incluidos en los registros de obligaciones SICO para las Entidades conectadas al SIAF, o en su caso, en los registros de ejecución presupuestaria y contable de las Entidades que no registran en línea en el SICO/SIAF durante el ejercicio 2013; b) Las contrataciones pluríanuales iniciadas en ejercicios fiscales anteriores , que tendrán continuidad en el presente Ejercicio Fiscal 2014...", "...en casos debidamente justificados, el plazo fijado para la presentación de los formularios podrá ser prorrogado por disposición emitida por la DNCP."
Que, e! artículo 1° de la Ley 3.439/07, faculta a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) a diseñar y emitir las políticas generales sobre las contrataciones que lleven a cabo los organismos y entidades del estado, así como dictar las disposiciones para el adecuado cumplimiento de la Ley 2051/03 y su reglamento. Que, existiendo aun la necesidad de los OEE de regularizar los compromisos de gastos afectados al presupuesto del ejercicio fiscal anterior, dentro del marco de los procesos de contratación regidos por la Ley N° 2051/03 y los excluidos, que cuentan con CC, que afectan a los Objetos de gasto del 200 al 599 según el Clasificador Presupuestario, independientemente de su Fuente de Financiamiento (10, 20, 30), la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, considera prudente otorgar prórroga del plazo establecido en el artículo 61, del Decreto N° 1.100/14 de modo a permitir la recepción de las documentaciones y justificaciones pertinentes para la regularización de dichos compromisos. Que por Decreto N° 1.614/14 "Se nombra Director Interino de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas" al SR. SANTIAGO JURE DOMANICZKY; POR TANTO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°. PRORROGAR hasta el día 30 de setiembre de 2014 el plazo de presentación de los formularios B-02-01-A y B-02-01-B "Declaración Jurada de Compromisos emitidos y no obligados al 31 de diciembre de 2013".
Art. 2
Artículo 2°. La presentación de los formularios B-02-01-A y 8-02-01-B "Declaración Jurada de Compromisos emitidos y no obligados al 31 de diciembre de 2013" deberá realizarse obligatoriamente acompañada de las siguientes documentaciones:
a- Nota de la Máxima Autoridad de la Institución en la que se exponga la solicitud respectiva y la debida justificación, acompañado de los antecedentes respaldatorios;
b- Los Anexos B-02-01-A y B-02-01-B firmados por la Máxima Autoridad de la Institución, acompañados por los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) plurianual o de certificación de saldos emitidos del Sistema de Programación Presupuestaria (SIPP) para las Entidades conectadas al SIAF y el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) de las entidades que no están registradas en línea en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), además contar con la firma del responsable del órgano de control interno, los mismos deberán corresponder al Ejercicio Fiscal 2014 y respaldar las erogaciones no canceladas al 31 de diciembre del 2013.
c- Informe de la Auditoría Interna Institucional (All), acerca de la procedencia de la solicitud.
Art. 3
Artículo 3°. Independientemente a la presentación de los documentos señalados en los artículos precedentes, la DNCP podrá requerir documentos adicionales en caso que considere necesario.
Art. 4
Artículo 4°. Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas y regirá a las solicitudes ingresadas a través de los Anexos B-02-01-A y B-02-01-B desde el 1 de julio de 2014.
Art. 5
Artículo 5°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
Abg. SANTIAGO JURE DOMANICZKY
Director Nacional