ACORDADA 2/1995 • SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (S.T.J.) • 1995/04/05 • PY/LEGI/02YT
VigenteACORDADA1995SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIAPY/LEGI/02YT
Constituir e integrar los despachos de la sala constitucional, sala civil, sala penal de la corte Suprema de Justicia
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco, siendo las once horas se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente doctor Oscar Paciello y los Excmos. señores Ministros, doctores Elixeno Ayala, Carlos Fernández Gadea, Jerónimo Irala Burgos, Luís Lezcano Claude, Felipe Santiago Paredes, Wildo Rienzi Galeano, Raúl Sapena Brugada y Enrique Antonio Sosa Elizeche, por ante mí el Secretario autorizante; DIJERON Que la Constitución Nacional en su artículo 258 determina que la Corte Suprema de Justicia se organizará en Salas, una de las cuales será la Sala Constitucional. Que llevando adelante la previsión contenida en el texto constitucional y por vía de organizar funcionalmente las tareas que cumple desempeñar a la Corte, corresponde integrarlas y al propio tiempo asignar a cada miembro las tareas administrativas que demanda el cumplimiento de las previsiones de la Constitución Nacional. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art. 1
Art. 1°: Constituir e integrar para el despacho de las cuestiones cometidas a la decisión de la Corte de la siguiente manera:
SALA CONSTITUCIONAL: con los doctores Oscar Paciello, Luis Lezcano Claude y Raúl Sapena Brugada.
SALA CIVIL: con los doctores Elixeno Ayala, Carlos Fernández Gadea y Enrique Sosa.
SALA PENAL: con los doctores Jerónimo Irala Burgos, Wildo Rienzi y Felipe Santiago Paredes.
Art. 2
Art. 2°: Constituir e integrar de su seno las siguientes comisiones:
COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN: con los doctores Oscar Paciello, Raúl Sapena Brugada y Jerónimo Irala Burgos.
COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS: con los doctores Felipe Santiago Paredes, Enrique Sosa y Wildo Rienzi Galeano.
COMISIÓN DE PRESUPUESTO: Carlos Fernández Gadea, Elixeno Ayala y Luis Lezcano Claude.
Art. 3
Art. 3°: Anótese, regístrese, publíquese.
Firmado: Oscar Paciello Candia, Elixeno Ayala, Carlos Fernández Gadea, Jerónimo Irala Burgos, Luís Lezcano Claude, Felipe Santiago Paredes, Wildo Rienzi Galeano, Raúl Sapena Brugada y Enrique Antonio Sosa Elizeche.
Ante mí: Carlos D. Acuña L.