QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2006, APROBADO POR LEY N° 2.869, DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2005, Y APRUEBA EL CONVENIO PARTICULAR N° 1 AL CONVENIO MARCO ENTRE LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO MISIONES Y LA ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA.
VigenteLEY2006PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/06LA
Presupuesto General de la Nación -- Ampliación a las Entidades Descentralizadas, Gobernación del Octavo Departamento Misiones para el ejercicio fiscal 2006 y aprobación del Convenio Particular Nº 1 al Convenio Marco entre la Gobernación del Departamento de Misiones y la Entidad Binacional Yacyretá.
Art. 1
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas - Gobernación del Octavo Departamento Misiones, por la suma de G. 250.000.000 (guaraníes doscientos cincuenta millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Art. 2
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario por la suma de G. 250.000.000 (guaraníes doscientos cincuenta millones), que estará afectada al Presupuesto 2006 de la Gobernación del Octavo Departamento Misiones, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Art. 3
Artículo 3°.- Apruébase el Convenio Particular N° 1 al Convenio Marco entre la Gobernación del Departamento Misiones y la Entidad Binacional Yacyretá, cuyo texto se adjunta como Anexo de esta Ley.
Art. 4
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los doce días del mes de octubre del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González
Presidente
H. Cámara de Diputados
Enrique González Quintana
Presidente
H. Cámara de Senadores
Zacarías Vera Cárdenas
Secretario Parlamentario
Arsenio Ocampos Velázquez
Secretario Parlamentario
Asunción, 20 de diciembre de 2006.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Ernst Ferdinand Bergen Schmidt
Ministro de Hacienda
Anexo