RESOLUCION 84/1992 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 1992/07/29 • PY/LEGI/0A6Q
VigenteRESOLUCION1992SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/0A6Q
Certificado de cumplimiento tributario. Actos en que resulta obligatoria su presentación. Validez. Solicitud.
VISTO: El artículo 194 de la Ley N° 125/91 que establece el régimen de certificado de no adeudar tributos; y CONSIDERANDO: Que es conveniente señalar los requisitos, condiciones y circunstancias en que será exigible la presentación del certificado de no adeudar tributos, que administra la Subsecretaría de Estado de Tributación. POR TANTO: EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN R E S U E L V E:
Art. 1
Artículo 1°.-ACTOS QUE REQUIEREN CERTIFICADO.- La obtención del certificado de cumplimiento tributario de no adeudar tributos, será obligatorio para su presentación en las instituciones, dependencias o entidades que se indica:
a) Municipalidades: Para obtener patentes en general.
b) Escribanías: En la situación del acreedor, para suscribir escrituras públicas de constitución o cancelación de hipotecas; y
En el caso de los contratantes, para suscribir escrituras de enajenación de inmuebles, autovehículos y demás bienes del activo fijo, tales como maquinarias, muebles, instalaciones y otros de propiedad de empresas.
c) Instituciones del Sector Público, Municipalidades y demás entidades que llamen a licitación o concurso de precios. Se les requerirá a todas las personas que se presenten a licitar o concursar.
d) Bancos y Financieras: Deberán exigirlo a quienes pidan créditos o soliciten su renovación, cuando el monto del préstamo exceda la suma de guaraníes seis millones (G. 6.000.000). Este valor se actualizará anualmente de acuerdo a la variación del índice general de precios al Consumo fijado por el Banco Central del Paraguay para el periodo de doce meses anteriores al 1° de Noviembre de cada año.
Citado por
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Art. 2
Art. 2°.- FORMULARIO SOLICITUD.- Los contribuyentes que soliciten el referido certificado, deberán llenar para ello el formulario N° 405, "Solicitud de Certificado de Cumplimiento Tributario", cuyo modelo se aprueba por esta resolución y consta en el anexo a ella, formando parte de la misma.
Art. 3
Art. 3°.- INFORMACION BAJO JURAMENTO.- La información que el contribuyente debe proporcionar en el formulario de solicitud señalado en el artículo anterior, debe ser efectuada en el carácter de declaración bajo fe de juramento.
En caso de inexactitud en la entrega de la información, se podrá aplicar las disposiciones de los artículos 173 y 175 de la Ley N° 125/91, que tipifica una presunción de defraudación en estos casos.
Art. 4
Art. 4°.- EXPEDICION DEL CERTIFICADO.- El certificado de no adeudar se establecerá en el mismo cuerpo de la solicitud y para efectos de su validez deberá utilizarse sin desprenderlo del formulario 405 antes mencionado.
Art. 5
Art. 5°.- VALIDEZ DEL CERTIFICADO.- En general, la validez del certificado será de treinta (30) días corridos, salvo el caso de las personas que solo son contribuyentes del Impuesto Inmobiliario o del Tributo Único, cuyos certificados tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del año en que se expide el mismo.
Art. 6
Art. 6°.- PLAZO EXPEDICION.- El plazo de cinco (5) días hábiles que establece que establece el artículo 194 de la Ley 125/91 para la expedición del certificado, se contará desde la recepción de la solicitud, a cuyo efecto será necesario que el contribuyente haya proporcionado toda la información que se le requiere.
Art. 7
Art. 7°.- CONTROVERSIAS.- La expedición del certificado en los casos de las controversias señaladas en el inciso final del artículo 194 de la Ley N° 125/91, se efectuará dejando constancia de ello, siendo su validez de quince (15) días hábiles.
Art. 8
Art. 8°.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.
DR. RUBEN RAMON LOVERA
SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION
INSTRUCTIVO PARA LLENAR EL FORMULARIO
NORMAS GENERALES
* Este formulario se debe utilizar para solicitar la certificación de cumplimiento tributario establecida en el Art. 194 de la Ley 125/91.
* Debe ser llenado a máquina o con letras de imprenta.
* El formulario consta de dos ejemplares; original y duplicado.
* La certificación que expedirá la Sub Secretaría de Estado de Tributación por medio de sus dependencias, se establecerá en la parte inferior de este formulario y para su validez debe ser utilizada presentando el formulario completo, sin desprenderla de la parte superior del mismo. No utilice este espacio.
* Al momento de presentar su solicitud deberá:
- Exhibir la cédula del Registro Unico de Contribuyentes;
- Acompañar fotocopias de los comprobantes de pago de los impuestos que se detallan en la casilla N° 13.
- En caso que se esté cumpliendo un plan de facilidades de algún impuesto, adjunte fotocopia del documento que lo autoriza y que debe corresponder al dato especificado en la casilla N° 14.
NORMAS ESPECÍFICAS
1. USO INTERNO: No utilice este espacio.
2. REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES: Registre su identificador RUC, tal como aparece en la Cédula Tributaria.
3/9 IDENTIFICACION Y DOMICILIO DEL CONTRIBUYENTE: Indique sus apellidos, nombres o razón social, tal como aparecen en la cédula tributaria. No emplee iniciales ni abreviaturas, salvo las que se usan en la cédula.
Registre los datos de su domicilio actual en forma clara, exacta y completa.
10. ACTIVIDAD ECONOMICA: Especifique la actividad principal y secundaria que desarrolla, tal como: importación, ganadería, fábrica de calzados, bazar, farmacia y otras.
11. PROFESION/OCUPACION: Indique la profesión u ocupación solo cuando su ejercicio genera ingresos gravados por impuestos. Establezca si se trata de: abogado, médico, contador, constructor u otras profesiones.
12. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: Señale en esta casilla todas las obligaciones tributarias fiscales a que está sujeto, como es: Impuesto a la Renta, Tributo Unico, IVA, Selectivo al Consumo y demás tributos.
13. ANTECEDENTES DEL PAGO DE IMPUESTOS: Indique la clase de impuesto, período fiscal y los datos de los comprobantes correspondientes a los últimos pagos realizados de los tributos que le afectan.
14. PLAN DE PAGO - Esta casilla se usa solamente en el caso que esté pagando algún impuesto con autorización de facilidades de pago. Al efecto consigne los datos requeridos en los cuadros respectivos.
15. IDENTIFICACION DEL REPRESENTANTE LEGAL - Señale el identificador RUC, apellidos y nombres, tal como aparece en la cédula tributaria.
16. FECHA Y LUGAR DE PRESENTACION: Indique el día, mes, año y lugar donde presenta este Formulario. Firme la solicitud.
"SUMINISTRAR INFORMACION INEXACTA PRESUME LA INTENCION DE DEFRAUDAR AL FISCO. QUIENES COMETAN DEFRAUDACION PODRAN SER SANCIONADOS CON MULTA DE ENTRE UNA Y TRES VECES EL MONTO DEL IMPUESTO DEFRAUDADO O PRETENDIDO DEFRAUDAR. ARTS. 173 Y 175 LEY Nº125/91".