ACORDADA 77/1986 • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAY (C.S. Paraguay) • 1986/06/17 • PY/LEGI/026G
VigenteACORDADA1986CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAYPY/LEGI/026G
Tribunales de Apelación -- Ejercicio de la presidencia de los mismos -- Períodos.
En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los diez y siete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y seis, siendo las diez horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia el Excmo. Señor Presidente Prof. Dr. Luís María Argaña y los Excmos. señores Miembros doctores Justo Pucheta Ortega, José Alberto Correa, Francisco Pussineri Oddone y Alexis Frutos Vaesken, por ante mí el secretario autorizante; DIJERON: Que es conveniente regular la distribución del periodo que han de ejercer la Presidencia de Salas los Miembros de los Tribunales de Apelación, dada la responsabilidad establecida por el artículo 11º de la Acordada N° 58 del 20 de diciembre de 1985. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art. 1
Art. 1°El ejercicio de la Presidencia de los Tribunales de Apelación será alternado obligatoriamente entre todos sus Miembros.
Art. 2
Art. 2° Los periodos correrán desde el 1° de enero hasta el 30 de junio y desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre de cada año.
Art. 3
Art. 3° El presente régimen entrará en vigencia el 1° de julio del corriente año, cualquiera fuese la fecha en que los actuales Presidentes hayan iniciado sus funciones.
Art. 4
Art. 4°Anótese, regístrese, notifíquese.
Firmado: Luís María Argaña, Justo Pucheta Ortega, José Alberto Correa, Francisco Pussineri Oddone, Alexis Frutos Vaesken.
Ante mí: Carlos D. Acuña Lugo.