ACORDADA 1154/2017 • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (CSJ) • 2017/02/07 • PY/LEGI/0FUH
VigenteACORDADA2017CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPY/LEGI/0FUH
Circunscripción judicial -- Extensión de la competencia territorial de los Juzgados de Santa Rosa de Aguaray a las localidades de San Vicente Pancholo y Tacuatí.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los siete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, José Raúl Torres Kirmser, Miryam Peña Candia, Antonio Fretes, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, César Antonio Garay, Luis María Benítez Riera y Gladys Ester Bareiro de Módica; ante mí, el Secretario autorizante; DIJERON: Que por Ley N° 5715/2016 se creó el Municipio de San Vicente Pancholo en el Departamento de San Pedro. Por Nota el Presidente de la Circunscripción Judicial de San Pedro solicitó que los Juzgados de Santa Rosa del Aguaray tengan además competencia sobre el distrito de San Vicente Pancholo, recientemente creado. Asimismo, propuso que los Juzgados de Santa Rosa del Aguaray, tenga competencia sobre la localidad de Tacuatí, debido a la cercanía entre ambos distritos. En ese sentido, la Corte Suprema de Justicia, en el marco de sus objetivos institucionales, tiene como fin mejorar los servicios en la administración de justicia, con miras a garantizar el principio de celeridad procesal en beneficio a los justiciables y en consideración a ello, entiende pertinente establecer que la competencia territorial de los Juzgados de Santa Rosa del Aguaray se extiendan además de Santa Rosa del Aguaray, Lima y General Resquín a las localidades de San Vicente Pancholo y Tacuatí. Que, el artículo 3° de la Ley N° 609/95, “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 259, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional, regula como deberes y atribuciones de la misma, dictar su propio reglamento interno, las Acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la Administración de Justicia. Por tanto, en uso de sus atribuciones, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art. 1
Art. 1º.- ESTABLECER que la competencia territorial de los Juzgados de Santa Rosa del Aguaray se extiendan además de Santa Rosa del Aguaray, Lima y General Resquín a las localidades de San Vicente Pancholo y Tacuatí.
Art. 2
Art. 2º.- ANOTAR, registrar, notificar.