QUE DISPONE LA CONSTRUCCION DE UN MONUMENTO EN LA PLAZA CENTRICA DE LA CIUDAD DE YPACARAI EN MEMORIA DEL ILUSTRE CIUDADANO, GENERAL PATRICIO ESCOBAR.
VigenteLEY2011PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0C51
Monumento histórico -- Disposición de la construcción de un monumento en la Plaza Céntrica de la Ciudad de Ypacaraí en memoria del ilustre ciudadano, General Patricio Escobar.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Dispóngase la construcción de un monumento en la plaza céntrica de la Ciudad de Ypacaraí en memoria del ilustre ciudadano, General Patricio Escobar.
Art. 2
Artículo 2°.- El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones será la institución encargada de realizar el proyecto y la construcción de la obra con cargo a sus fondos presupuestarios, previa ubicación autorizada por la Municipalidad de Ypacaraí.
Art. 3
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil once, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 211 de la Constitución Nacional.
Victor Alcides Bogado González
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Oviedo Matto
Presidente
H. Cámara de Senadores
Mario Walberto Soto Estigarribia
Secretario Parlamentario
Marcial González Safstrand
Secretario Parlamentario
Asunción. 6 setiembre de 2011
Tengase por Ley de la República, publíquese e inserte en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Armindo Lugo Méndez
Cecilio Pérez Bordón
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones