RESOLUCION 314/2026 • DIRECCION GENERAL DE REGISTROS ESPECIALES (DGRE) • 2026/08/10 • PY/LEGI/S7F9RE
VigenteRESOLUCION2026DIRECCION GENERAL DE REGISTROS ESPECIALESPY/LEGI/S7F9RE
Registros Públicos -- Delegación de la firma de las notas negativas emitidas por vencimiento del plazo previsto en el art. 113 de la Ley N° 7424/25.
Vista: La Resolución de GS N° 14/2026 de fecha 06 de agosto de 2026 emitida por la Gerencia Superior del Registro Unificado Nacional; El Art. 113 y 110 in fine de la Ley N° 7424/2025, “Que crea el Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional”; Considerando: Que el Art. 1 inc. b) de la Resolución GS N° 14/26 dispone la impresión en duplicado por parte del operador y suscripción de las notas negativas, consignadas automáticamente en el Sistema Informático de Mesa de Entradas y Salidas del RUN, por parte de los responsables de los Departamentos de Servicios Registrales y Agencias Regionales mediante la firma delegada. Las particularidades de las Mesas de Entradas y Salidas de la Dirección General de Registros Especiales, compuestas por diversas ventanillas en varios puntos de la ciudad y del país, que ameritan la toma de medidas necesarias para operativizar el cumplimiento del artículo citado y de la resolución emitida por la Gerencia Superior del RUN. En cuanto al formato de la nota negativa, se utilizará el modelo único aprobado por la Gerencia Superior. Que, la presente delegación trae aparejada la responsabilidad administrativa de cada interviniente, en virtud al Art. 110 de la Ley 7424/25 último párrafo, sobre la calificación registral. Que, a los efectos del seguimiento y control por parte de la Dirección General de Registros Especiales, en el marco de la Resolución GS N° 14/26 se dispone la remisión mensual del duplicado de la nota negativa debidamente firmada, a la Secretaría de la DGRE, donde quedará archivado, sin perjuicio que cada firmante conserve también una copia en su archivo. Por tanto, a los efectos de garantizar la operatividad de la resolución emitida por la Gerencia Superior y en cumplimiento al Art. 1 inc. b), la LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS ESPECIALES Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Delegar la firma de las notas negativas emitidas por vencimiento del plazo previsto en el artículo 113 de la Ley N° 7424/2025 en:
1. La persona que ejerza el cargo de Jefatura de División de Mesa de Entrada y Salida de Catastro y Registro de Inmuebles, de la sede central del RUN. En caso de ausencia, el interino que sea designado para el efecto.
2. La persona que ejerza el cargo de Jefatura del Departamento de Mesa de Entradas y Salidas de la sede de la DGRE. En caso de ausencia, el interino que sea designado para el efecto.
3. Las personas que desempeñen el cargo de Jefatura de Mesa de Entradas y Salidas de las Oficinas Regionales del RUN y de la Oficina del Palacio de Justicia (Sajonia). En caso de ausencia, el interino que sea designado para el efecto.
4. La Delegada ante el SUACE. En caso de ausencia, el interino que sea designado para el efecto.
Art. 4
Art. 4°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigor a partir del 13 de agosto del corriente año, AD REFERENDM de lo que disponga el Excmo Consejo de superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.
Art. 5
Art. 5°.- Comunicar a la Gerencia Superior del Registro Unificado Nacional, a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la Dirección del Registro de Bienes Muebles, Contratos y Marcas y Señales de Ganado, a la Dirección de Atención y Servicios a la Ciudadanía, al Departamento de Servicios Registrales y Agencias Regionales de Catastro y Registro de Inmuebles, a la jefatura del Dpto. de Mesa de Entrada y Mesa de Salida de la DGRE y a las oficinas regionales, al Colegio de Escribanos del Paraguay, Consejo del Notarios Públicos, Colegio de Abogados del Paraguay.
Art. 6
Art. 6°.- Publíquese en todas las redes institucionales y en la página web del Registro Unificado Nacional (RUN).