POR LA CUAL SE CONFORMA EL CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL PARA DAR RESPUESTA NACIONAL DE LA EVENTUAL PANDEMIA POR CORONAVIRUS (COVID-I9).
VigenteRESOLUCION2020MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIALPY/LEGI/JEFDVP
Emergencia sanitaria -- Conformación del Centro de Operaciones de Emergencia del MSPBS para dar respuesta nacional a la eventual pandemia por coronavirus (COVID-I9).
Visto: La Alerta Epidemiológica N° 1/2020 emitida por la Dirección General de Vigilancia de la Salud sobre Epidemia del Nuevo Coronavirus (COVID-19), que se propaga actualmente por numerosos países, obligando a esta Cartera de Estado, tomar las medidas preventivas urgentemente, conforme la recomendación dada por la Organización Mundial de la Salud que establece: “Se alienta a los países a continuar fortaleciendo su preparación para emergencias sanitarias de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional (2005)”; y Considerando: Que, ante el riesgo de que la enfermedad se expanda también al territorio paraguayo, corresponde que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social disponga la urgente activación del Plan Nacional de Respuesta Nacional a la Pandemia a Virus Respiratorios 2020, a través del cual se establece una estrategia multisectorial capaz de mitigar el impacto que la epidemia por el Nuevo Coronavirus podría ocasionar a la población nacional. Que, es necesario conformar un equipo técnico del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, que tenga a su cargo la ejecución y coordinación de todas las acciones dispuestas por el Gabinete, en el marco del plan operativo de preparación para dicha epidemia. Que, en concordancia con lo dispuesto por la Constitución Nacional en el Artículo 242, el Decreto N° 21376/98 establece en su Artículo 20, numeral 7, que al Ministro de Salud Pública y Bienestar Social corresponde dictar Resoluciones que regulen las actividades de los diversos programas, dependencias y servicios. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Conformar el Centro de Operaciones de Emergencia del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para dar respuesta nacional de la eventual Pandemia por Coronavirus (COVID-19).
Art. 2
Art. 2º.- Disponer que dicho grupo técnico esté integrado de la siguiente forma:
COORDINADOR GENERAL
- Dr. Julio Rolón Vicioso, Viceministro de Salud Pública
COORDINACIÓN DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y DE LA SALA DE SITUACIÓN Y CENTRO NACIONAL DE ENLACE
- Dr. Guillermo Sequera, Director General de Vigilancia de la Salud.
- Dra. Andrea Ojeda, Directora del Centro Nacional de Enlace.
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
- Lic. Martín Cajja - Maguiña, Director General de Comunicación en Salud
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD HOSPITALARIA Y PROTOCOLOS
- Dra. Doris Royg, Directora de Coordinación de Regiones Sanitarias
- Dra. Nathalia Meza, Directora de Calidad
COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN Y CAPACITACIÓN
- Dra. Adriana Amarilla, Directora General de Promoción de la Salud
COORDINACIÓN DE SERVICIOS
- Dr. Juan Carlos Portillo, Director General de Desarrollo de Servicios y Redes de Salud
- Dr. Julio Borba, Director de Coordinación de Hospitales Especializados
- Dr. Felipe González, Director General del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y del Ambiente – INERAM
COORDINACIÓN DE INSUMOS
- Dr. Nery Rodríguez, Director General de Gestión de Insumos Estratégicos
COORDINACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN AL PERSONAL DE SALUD Y RIESGO
Art. 3
Art. 3º.- Establecer que el Centro de Operaciones de Emergencia desempeñe la labor que se le encomienda, en el marco de la normativa contenida en el Plan Nacional de Respuesta Nacional a la Pandemia a Virus Respiratorios 2020 y en el Reglamento Sanitario Internacional, así como de las recomendaciones emanadas de los organismos internacionales de salud, como la Organización Panamericana de la Salud y Organización Mundial de la Salud.
Art. 4
Art. 4º.- Disponer que los Coordinadores del Equipo Operativo informen diariamente al Gabinete acerca del cumplimiento de su cometido.
Art. 5
Art. 5º.- El Centro de Operaciones de Emergencia conformado en el Artículo 1º podrá solicitar a las Fuerzas Armadas de la Nación, a la Policía Nacional y a otras dependencias de la Administración Central para la ejecución del Plan Nacional de Respuesta a la Pandemia a Virus Respiratorios 2020.
Art. 6
Art. 6º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
- Dr. Hernán Rodríguez, Director de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles
- Dra. Viviana de Egea, Coordinadora de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles
- Dra. Soraya Araya, Directora del Programa Nacional de Enfermedades Inmunoprevenibles y PAI.
COORDINACIÓN PREHOSPITALARIA Y CALL CENTER
- Dr. Pablo Zapatini, Director del Servicio de Emergencia Médica Extrahospitalaria (SEME)
COORDINACIÓN DE LABORATORIO
- Dra. Lizzie Carolina Aquino, Directora General del Laboratorio Central de Salud Pública
- Dr. Santiago Insaurralde, Director de Coordinación de Redes de Laboratorios.
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
- C.P. Alcides Velázquez, Director General de Administración y Finanzas
ASUNTOS JURÍDICOS
- Abg. Gustavo Irala, Director General de Asesoría Jurídica
ASUNTOS INTERNACIONALES Y AGENCIAS DE COOPERACIÓN
Q.M. María Antonieta Gamarra, Directora General de Relaciones Internacionales
ASESORES DEL CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA
- Dr. José Fusillo
- Dra. Martha Von Horoch