POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 10 DE LA RESOLUCION GENERAL N° 103 "POR LA CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UN PLAN PILOTO PARA LA IMPLEMENTACION DE IMPRESORAS FISCALES COMO MEDIO DE EMISION DE COMPROBANTES DE VENTA Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS" DEL 01 DE JULIO DE 2013.
VigenteRESOLUCION GENERAL2013SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/0DRY
Vigencia de la norma -- Modificación del Artículo 10 de la Resolución General 103/2013 "Por la cual se dispone el inicio de un plan piloto para la implementación de impresoras fiscales como medio de emisión de comprobantes de venta y documentos complementarios".
VISTO: Los artículos 85, 185, 189, 192, 196 de la Ley N° 125/91, modificada por la Ley N° 2421/04, el Decreto N° 6539/05, y sus modificaciones, la Resolución General N° 103/13, y; CONSIDERANDO: Que, la Administración Tributaria posee la facultad de dictar normas generales relativas a la forma y condiciones a las que se ajustarán los administrados en materia de documentación y registro de operaciones. Que, para el cometido propuesto es imprescindible capacitar a los contribuyentes seleccionados en la utilización de las impresoras fiscales y sus desarrollos informáticos y formalizar acuerdos que proporcionen seguridad jurídica a la Subsecretaría de Estado de Tributación como propietaria de dichas maquinaras y a los contribuyentes participantes del plan piloto como usufructuarios de aquéllas. Que. se requiere un plazo de vigencia del piar, piloto, mayor al previsto inicialmente per todas las razones expuestas con anterioridad. Que, la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen CJTT/DTJ N° 1254 de fecha 25 de octubre de 2013. POR TANTO; LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Modificar el artículo 10 de la Resolución General N° 103 de fecha 01 de julio de 2013, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Art 10.- El Plan Piloto tendrá vigencia a partir del 01 de agosto de 2013 y se extenderá hasta el 30 de junio de 2014, sin perjuicio que los contribuyamos que participen del plan piloto soliciten a la Administración Tributaria la ampliación de la vigencia."
Art. 2
Artículo 2°.- Publicar, comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.
Fdo.: MARTA GONZALEZ AYALA
VICEMINISTRA DE TRIBUTACION