POR LA QUE SE ESTABLECE LA CANTIDAD DE CONCEJALES QUE CONFORMARAN LAS JUNTAS MUNICIPALES EN LOS DISTRITOS DE SAN ALFREDO Y PASO BARRETO.
VigenteDISPOSICION TECNICO-REGISTRAL2007DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOSPY/LEGI/0DNF
Registro Público de Comercio -- Aplicación de las formalidades y procedimientos establecidos en la Ley 3228/2007 (PLN).
VISTA La Ley N° 3.228 "QUE MODIFICA EL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 388/94, QUE MODIFICA EL ARTICULO 1051 DE LA LEY N° 1183/85 "CODIGO CIVIL". CONSIDERANDO: Que, resulta necesario establecer un procedimiento unificado de aplicación de la Ley N° 3.228/07 en las Secciones Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones y Registro Público de Comercio, dependientes de la Dirección General de los Registros Públicos. Que, conforme fuera verificado, dicha ley entró en vigencia el día 07 de julio del corriente año dado que su publicación en la "Gaceta Oficial" se produjo en fecha 06 de julio/2.007. Por tanto, de conformidad con lo establecido en la nueva ley vigente, la, DIRECTORA GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- DISPONER la aplicación de las formalidades y procedimientos establecidos en la Ley N° 3.228/07 a todas las Escrituras Públicas de Constitución, Modificación y Disolución tanto de Sociedades Anónimas como de Sociedades de Responsabilidad Limitada, ingresadas a partir del día 07 de julio del año en curso. Al efecto de su inscripción, las mismas deberán adjuntar el correspondiente dictamen (original más dos copias autenticadas) emitido por la Abogacía del Tesoro dependiente del Ministerio de Hacienda. No obstante, serán igualmente procesadas aquellas escrituras públicas que ingresen con la pertinente orden judicial de inscripción puesto que muchas de las mismas ya habían iniciado el trámite jurisdiccional antes de la vigencia de la presente ley.
Art. 2
Artículo 2°.- ANOTESE como Disposición Técnico Registral N° 02/07 y comuníquese a las Secciones Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones y Registro Público de Comercio de la Dirección General de los Registros Públicos, al Colegio de Escribanos del Paraguay, al Colegio de Abogados y a la Corte Suprema de Justicia, y notificada, archívese.
Dirección General de los Registros Públicos
Abog. N.P. Lourdes Gonzalez Pereira
Directora General