DECRETO 6580/1999 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 1999/12/07 • PY/LEGI/01U3
VigenteDECRETO1999MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/01U3
Bonos del Tesoro Nacional - Modificación del art. 1 del decreto 6195/99.
VISTA: La solicitud realizada por el Señor Ministro de Agricultura y Ganadería al Consejo Nacional de Política Financiera y Económica por medio de su nota del 22 de noviembre de 1999, por la cual solicita la reasignación de parte de los recursos para su Institución para el Banco Nacional de Fomento y el Crédito Agrícola de Habilitación; así como la necesidad de ajustar los montos para el Banco Nacional de Fomento, el Crédito Agrícola de Habilitación y el Fondo Ganadero en función de los Contratos suscritos por el Ministerio de Hacienda con estas Instituciones, disminuyéndose el monto asignado al Fondo de Reserva para Financiamiento de actividades productivas; y CONSIDERANDO: Que estos fondos serán destinados a los pequeños productores de la Campaña Algodonera 1999/2000 y a pequeños productores agropecuarios. POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 6195 de fecha 12 de noviembre de 1999, "POR EL CUAL SE MODIFICA EL ART. 1º DEL DECRETO Nº 4901 DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 1999, POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LOS BONOS DEL TESORO NACIONAL, CUYA EMISIÓN FUERA APROBADA POR LAS LEYES NºS. 1421 Y 1441/99", el cual queda redactado de la forma siguiente:
"Art. 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a transferir los recursos obtenidos por la colocación de Bonos del Tesoro Nacional en el mercado internacional, de conformidad con el siguiente detalle:
[imagen]
Art. 3
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda.
Art. 4
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Luis A. González Macchi.- Julio Romero Ortíz.