VigenteRESOLUCION2025BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/6Y8JF6
Banco Central del Paraguay -- Modificación del Plan y Manual de Cuentas.
Visto: el artículo 34° de la Ley N° 6104/18 “Que modifica y amplía la Ley N° 489/95 Orgánica del Banco Central del Paraguay”; el artículo 103° de la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”; la Resolución N° 3 Acta N° 25 de fecha 4 de mayo de 2017 del Directorio del Banco Central del Paraguay; el Memorando SB. GAR. IEN. N° 084/2021 de fecha 07 de setiembre de 2021, la Providencia SB. GAR.IEN. N° 033/2025 de fecha 17 de julio de 2025 de la Intendencia de Estudios y Normas; la Providencia de la Gerencia de Análisis y Regulación de fecha 22 de julio de 2025; Considerando: Que, es necesaria la adecuación del Plan y Manual de Cuentas con el objeto de individualizar las inversiones mantenidas por las instituciones financieras, de manera a facilitar su correcta exposición y valoración. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS Resuelve:
Art. 1
1) Habilitar en el capítulo INVERSIONES, grupo INVERSIONES, cuenta INVERSION EN TITULOS VALORES EMITIDOS POR EL SECTOR PRIVADO RENTA VARIABLE, las siguientes subcuentas:
17020
413007
Entidades Filiales en el País
17020
413008
Entidades Filiales en el Exterior
17020
413009
Fondos Mutuos de Inversión
17020
413010
Empresas que presten servicios exclusivos a la Entidad Financiera
Art. 2
2) Habilitar en el capítulo INVERSIONES, grupo INVERSIONES, cuenta INVERSION EN TITULOS VALORES EMITIDOS POR EL SECTOR PRIVADO RENTA FIJA, las siguientes subcuentas:
17020 295008 Organismos Multilaterales de Crédito de los que el País sea Miembro
Art. 3
3) Adjuntar a la presente Resolución las hojas móviles correspondientes.
Art. 4
4) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
Anexo