CIRCULAR 1/2024 • DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS (D.N.C.P.) • 2024/02/12 • PY/LEGI/37NJYD
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Contrataciones del Estado -- Migración automática de códigos de contratación.
DIRIGIDA A LAS UNIDADES OPERATIVAS DE CONTRATACIÓN (UOC), SUB UNIDADES OPERATIVAS DE CONTRATACIÓN (SUB UOC) Y LAS UNIDADES EJECUTORAS DE PROYECTOS (UEP) DE LOS ORGANISMOS ENTIDADES DEL ESTADO MUNICIPALIDADES Y PROVEEDORES
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas informa que en virtud a lo dispuesto por el MEF a través de la Resolución VAF N° 09/2024 “Por la cual se establecen lineamientos para la ejecución del ejercicio fiscal 2024 en el marco de la implementación de la Ley N° 7021/2022 De Suministros y Contrataciones Públicas”, la migración automática de los códigos de contratación, establecida en el artículo 43 de la Ley N° 7021/22, se realizará de la siguiente manera:
- Los OEE deberán certificar los saldos no transferidos de los códigos de contrataciones, tomando como base el informe “Lista de ces Transferidos/No transferidos” en el Sistema Integrado de Contabilidad (SICO), previo a la apertura de nuevos llamados en las estructuras presupuestarias afectadas.
- Una vez regularizados los Códigos de Contratación que no fueron transferidos automáticamente, los OEE podrán emitir certificaciones de disponibilidad presupuestaria (CDP) para dar continuidad y/o iniciar nuevos procesos de contratación ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
- En el caso de que los contratos hayan fenecido en Ejercicios Fiscales anteriores o hayan sido cancelados) quedando saldos pendientes en el Código de Contratación (CC), los OEE deberán solicitar a la DNCP la disminución correspondiente acompañado de un dictamen respaldatorio de la Asesoría Legal Institucional.
- Cuando se haya emitido el CDP plurianual y el mismo haya impactado en el SIAF, el OEE deberá comunicar a la DNCP el monto afectado al presente Ejercicio Fiscal. Para el efecto deberá remitir el CDP plurianual y el anexo B - 02 - 01 A, a través de mesa de la entrada de la DNCP.
- Las Entidades no conectadas al SIAF, deberán remitir el Anexo B 02 01 B, con el CDP correspondiente, en todos los casos, a fin de incorporar en el CC la línea presupuestaria correspondiente al presente Ejercicio Fiscal.
En todos los casos les convocantes deberán realizar las gestiones pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en la re1solución mencionada, la cual se encuentra publicada en el SICP en el apartado Marco Legal; Documento de interés - 09/2024.