QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO NACIONAL A LOS CAÑONEROS PARAGUAY Y HUMAITA.
VigenteLEY2009PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/09QH
Declaración de patrimonio histórico nacional a los cañoneros Paraguay y Humaitá.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Declárase como Patrimonio Histórico Nacional a los Cañoneros Paraguay y Humaitá.
Art. 2
Artículo 2°.- La Armada Nacional, conjuntamente con el Ministerio de Educación y Cultura coordinará sus planes, programas y proyectos y preverán los rubros presupuestarios necesarios para proteger y restaurar los Cañoneros Paraguay y Humaitá.
Art. 3
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres
Presidente
H. Cámara de Diputados
Enrique González Quintana
Presidente
H. Cámara de Senadores
Clemente Ramón Barrios
Secretario Parlamentario
Lino Cesar Oviedo
Secretario Parlamentario
Asunción, 1 de julio de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Luís Bareiro Spaini
Ministro de Defensa Nacional